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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (01/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 132

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467494 Que, de conformidad con el artículo 33° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-09-EF y sus modifi caciones, el monto del tributo no pagado dentro de los plazos indicados en el artículo 29° devengará un interés equivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM); Que, el artículo 14° del Decreto Legislativo N° 953, modifi ca el artículo 33° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, estableciendo que: “....En los casos de los tributos administrativos por los gobiernos locales, la Tasa de interés Moratorio – TIM será fi jada por Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT...”; Que, con fecha 22 de marzo del 2010, se aprobó la Ordenanza Municipal Nº 208-2010 que fi ja la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable en la jurisdicción del distrito de Chaclacayo cuando los tributos no sean pagados dentro de los plazos establecidos, en concordancia con la Resolución de Superintendencia Nº 53-2010/SUNAT. Estando a lo dispuesto por el artículo 109° de la Constitución Política del Perú, incisos 8) y 9) del artículo 9°, artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con la dispensa de lectura y aprobación de acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO QUE SERÁ APLICABLE EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CHACLACAYO CUANDO LOS TRIBUTOS NO SEAN PAGADOS DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 208-2010, en consecuencia fi jar en uno punto dos décimas por ciento mensual (1.2%) de Tasa de Interés Moratorio a las obligaciones tributarias de competencia de la Municipalidad de Chaclacayo que sean pagados dentro de los plazos establecidos. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo de la presente ordenanza en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 795097-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Autorizan viaje del alcalde a la República de Corea en comisión de servicios y encargan su despacho al Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2012-MDC EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL COMAS POR CUANTO: VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30.05.2012; el Informe Nº 018-2012-SGCTPC-GM/ MC de fecha 22.05.2012, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos Comunales, referente a la participación del Dr. Nicolás Octavio Kusunoki Fuero, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, en el viaje de trabajo a la Ciudad de Seúl - Corea a realizarse del 02 al 10 de Junio del año 2012; el Informe Nº 367-2012-GAJ-MDC de fecha 29.05.2012, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Carta Nº 08-2012-A-MDC de fecha 29.05.2012, emitido por el Despacho de Alcaldía; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias, de los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, se autorizarán mediante documento de la más alta autoridad de la respectiva entidad; Que, mediante Informe Nº 018-2012-SGCTPC-GM/ MC, de fecha 22.05.2012, el Sub Gerente de Cooperación Técnica y Proyectos Comunales señala que el viaje de trabajo del Señor Alcalde, Dr. Nicolás Octavio Kusunoki Fuero, a la Ciudad de Seúl - Corea a realizarse del 02.06.2012 al 10.06.2012, es a efectos de asistir a la invitación de KEITI (KOREA ENVIRONMENTAL INDUSTRY AND TECHNOLOGY INSTITUTE), Industria Ambiental Koreana, para la participación al GLOBAL GREEN COREA del HUB KOREA (GGHK) 2012, que se celebrará en SEUL, República de Corea, organizada por la Agencia de Gobierno dependiente del Ministerio del Medio Ambiente de la República de Corea (KMOE). Las actividades a las que KEITI se dedica es apoyar al desarrollo de tecnología verde, el fomento de las industrias verdes, construcción de redes globales de cooperación y a la vez promover la producción ecológica y el consumo, esforzándose para proteger el Medio Ambiente Mundial y lograr un desarrollo sostenible mediante la consolidación de los lazos de cooperación con los países de todo el mundo para el intercambio de tecnología de la política ambiental; Que, mediante Informe Nº 367-2012-GAJ-MDC de fecha 29.05.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente autorizar el viaje del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, para asistir al evento denominado GLOBAL GREEN COREA del HUB KOREA (GGHK) 2012, que se celebrará en Seúl República de Corea, desde el 02 hasta el 10 de Junio del año en curso, por tanto corresponde al Concejo Municipal adoptar el Acuerdo correspondiente; Que, los gastos íntegros que irroguen la asistencia del señor Alcalde, a la ciudad de Seúl, República de Corea, a participar en la reunión de trabajo, convocada por KEITI (KOREA ENVIRONMENTAL INDUSTRY AND TECHNOLOGY INSTITUTE), Industria Ambiental Koreana, serán asumidos por los organizadores; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su Artículo 9º, referente a las atribuciones del Concejo Municipal, Inciso 11) señala que corresponde al Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º, inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM; el Reglamento Interno de Concejo Vigente (RIC), con el voto mayoritario del Pleno del Concejo, con la dispensa del Dictamen de la Comisión correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, del 02 hasta el 10 de Junio del 2012, el viaje del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas DR. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO, a la Ciudad de Seúl, República de Corea, para participar, en representación de la Municipalidad Distrital de Comas; a la Reunión de Trabajo denominado GLOBAL GREEN COREA del HUB KOREA (GGHK) 2012, organizado por KEITI (KOREA ENVIRONMENTAL INDUSTRY AND TECHNOLOGY INSTITUTE), Industria Ambiental Koreana, el mismo que no irrogara gastos económicos a la Municipalidad Distrital de Comas, por los fi nes expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo.