Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2012 (06/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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- Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San Jacinto. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Casitas. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal Turismo MORDAZA Mar", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MUNOZ-NAJAR MORDAZA Secretario de Descentralizacion 797522-2 RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 034-2012-PCM/SD MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 001-2012-MPP/A; el Informe Tecnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 001-MPM-MDD2012 de la Municipalidad Provincial de Manu; la Ordenanza Municipal Nº 012-2012-MPP/A de la Municipalidad Provincial de Paucartambo; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDCH/A de la Municipalidad Distrital de Challabamba; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDF/ A de la Municipalidad Distrital de Fitzcarrald; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDK/A de la Municipalidad Distrital de Kosnipata; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de la Reserva de Biosfera del MORDAZA y Paucartambo (Madre de MORDAZA - Cusco)"; y el Informe Nº 012-2012­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5º, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio y la Carta de Vistos, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal de la Reserva de Biosfera del MORDAZA y Paucartambo (Madre de MORDAZA - Cusco)" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de MORDAZA, en la

Provincia de MORDAZA, en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Paucartambo y las Municipalidades Distritales de Challabamba y Kosnipata, en la Provincia de Paucartambo, en el Departamento de Cusco; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico: institucional, social y demografico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos y desarrollo economico local; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, provision de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local, capacidad de gestion y evaluacion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Construccion y mejoramiento de infraestructura vial, b) Fomento del turismo, la competitividad productiva y el empleo y c) Gestion ambiental; Que, en el ambito de las funciones, para las Municipalidades Provinciales, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Concertar con el sector publico y el privado, la elaboracion y ejecucion de programas de apoyo al desarrollo economico local sostenible en su espacio territorial, b) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846 y c) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o concesionar la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, en zonas urbanas o rurales, de caracter multidistrital, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal; en coordinacion con las municipalidades distritales o provinciales contiguas, y organismos regionales y nacionales competentes, y de conformidad con los planes de Desarrollo Municipales y de Desarrollo Regional, b) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades distritales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, c) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente y mitigacion de desastres, d) Organizar, en coordinacion con el respectivo gobierno regional y las municipalidades distritales de su jurisdiccion, instancias de coordinacion para promover el desarrollo economico local; aprovechando las ventajas comparativas de los corredores productivos, ecoturisticos y de biodiversidad, e) Promover, en coordinacion con el gobierno regional, agresivas politicas orientadas a generar productividad y competitividad en las zonas urbanas y rurales, asi como la elaboracion de mapas provinciales sobre potenciales riquezas, con el proposito de generar puestos de trabajo y desanimar la migracion y f) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes; Que, en el ambito de las funciones, para las Municipalidades Distritales, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito, b) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, c) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846 y d) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, y los organismos regionales y nacionales competentes, b) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, c) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la

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