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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (06/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de junio de 2012 467842 Que, asimismo, el artículo 103º de la Ley de Recursos Hídricos, concordado con el artículo 206º de su Reglamento, establece que la reserva de recursos hídricos es un derecho especial intransferible, consistente en separar un determinado volumen de agua de libre disponibilidad de una fuente natural de agua superfi cial o subterránea, por un plazo determinado, con la fi nalidad de garantizar la atención de las demandas de un proyecto declarado de interés regional o nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 027-2006-AG, se reservó las aguas subterráneas del acuífero de las subcuencas Rumichaca, Huascacocha y Pucará del sistema hidrográfi co de la cuenca del río Mantaro a favor del Proyecto Minero Toromocho de propiedad de la empresa Minera del Centro del Perú S.A. – CENTROMIN, por un periodo de dos (02) años, para fi nes minero y poblacional, por un volumen anual de hasta 34.69 MMC (1.10 m3/s); Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2008-AG y Resolución Jefatural Nº 276-2010-ANA, se prorrogó la reserva de agua señalada en el considerando precedente por dos (02) años adicionales, a favor del mismo proyecto, actualmente de propiedad de Minera Chinalco Perú S.A., hasta el 07.05.2012; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con Informe Técnico Nº 011-2012- ANA-DCPRH-ERH-SUB/JQO, señala que es procedente la ampliación del plazo de la reserva de recursos hídricos para la ejecución y desarrollo del Proyecto Minero Toromocho; Que, la prórroga de la reserva de recursos hídricos otorgada mediante Resolución Jefatural Nº 276-2010- ANA, venció el 07.05.2012 y la solicitud de prórroga fue presentada por la empresa Minera Chinalco Perú S.A. con fecha 17.04.2012, por lo que de acuerdo con el considerando precedente, en forma previa a otorgar una prórroga de la reserva de agua, debe disponerse su renovación, en vías de regularización, desde la fecha de su vencimiento hasta la fecha de la presente resolución; Que, en consecuencia, corresponde renovar y prorrogar la reserva de recursos hídricos dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 027-2006-AG y prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 010-2008-AG y Resolución Jefatural Nº 276-2010-ANA; Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103º de la Ley de Recursos Hídricos y 206º de su Reglamento. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovación de la Reserva de Recursos Hídricos Renovar, en vía de regularización, hasta la fecha de dación de la presente Resolución Jefatural, la prórroga de la reserva de agua otorgada a favor de Minera Chinalco Perú S.A., mediante Resolución Jefatural Nº 276-2010- ANA, para el Proyecto Minero Toromocho. Artículo 2º.- Prórroga de la Reserva de Recursos Hídricos Prorróguese, a favor de Minera Chinalco Perú S.A. y para el desarrollo del Proyecto Minero Toromocho, por el plazo de dos (02) años adicionales, desde la fecha de dación de la presente resolución, la reserva de las aguas subterráneas de los acuíferos Kársticos localizados en las unidades hidrográfi cas Rumichaca, Huascacocha y Pucará, pertenecientes a la unidad hidrográfi ca del río Yauli de la cuenca del río Mantaro, por un volumen anual de hasta 34.69 MMC (1.10 m3/s). Artículo 3º.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos La Administración Local de Agua Mantaro es responsable de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolución Jefatural, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 797714-1 Encargan funciones de las Administraciones Locales de Agua de Chancay - Lambayeque, Moche - Virú - Chao y Chicama RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 228-2012-ANA Lima, 5 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Administraciones Locales del Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nros. 190-2010-ANA, 612-2011-ANA y 868-2011-ANA, se encargaron las funciones de las Administraciones Locales de Agua Chancay - Lambayeque, Moche-Virú-Chao y Chicama, esta última en adición a las funciones del Contrato Administrativo de Servicios Nº0600-ANA-2010, correspondiente al señor Jorge Luis Tarifeño Rojas; Que, se ha visto por conveniente, dar por concluidas las encargaturas a que se refi ere el considerando precedente y consecuentemente encargar a los nuevos profesionales que asuman las funciones de las referidas Administraciones Locales de Agua; continuando el señor Jorge Luis Tarifeño Rojas ejerciendo las funciones según Contrato Administrativo de Servicios Nº0600-ANA-2010; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluidas, a partir del día 08 de Junio de 2012, las encargaturas de funciones en las Administraciones Locales de Agua, que fueron otorgadas a los profesionales que se indican a continuación, dándosele las gracias por los servicios prestados: ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO RESOLUCIÓN DE ENCARGATURA Chancay - Lambayeque Carlos Wildor Olano Fernández R.J. Nº 190-2010-ANA Moche – Virú - Chao Kathy Zulema Negron Tunjar de Sifuentes R.J.Nº 612-2011-ANA Chicama Jorge Luis Tarifeño Rojas R.J. Nº 868-2011-ANA Artículo Segundo.- Encargar, a partir del día 08 de Junio de 2012, las funciones de las Administraciones Locales de Agua, a los profesionales siguientes: ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Chancay - Lambayeque Luis Fernando Biffi Martin Moche – Virú - Chao Jorge Damián Albujar Peche Chicama Kathy Zulema Negron Tunjar de Sifuentes Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 797738-1