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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (06/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de junio de 2012 467839 Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Planifi cación del desarrollo urbano y rural, b) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial e hidráulica, c) Fomento del turismo, d) Promoción de la competitividad productiva y el empleo, en la agricultura orgánica y e) Gestión ambiental, para la protección y conservación de la cuenca del Río Santa Eulalia; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo, urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca, en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal, b) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, d) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846 y e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, c) Contribuir a la elaboración y aplicación de instrumentos de gestión ambiental, d) Promover la educación ambiental, la participación ciudadana y una ciudadanía ambientalmente responsable y e) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Eulalia”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Eulalia”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Callahuanca, Carampoma, Huachupampa, Huanza, Laraos, San Antonio, San Juan de Iris y San Pedro de Casta, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Eulalia”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 018-2012–PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Eulalia”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Eulalia”; integrada por las Municipalidades Distritales de Callahuanca, Carampoma, Huachupampa, Huanza, Laraos, San Antonio, San Juan de Iris y San Pedro de Casta, en la Provincia de Huarochirí, en el Departamento de Lima; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Eulalia”, como sigue: - Presidente: Saturnino Fabián Gabriel Gaspar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Laraos. - Director: Francisco Yanfranco Pérez Ticse, alcalde de la Municipalidad Distrital de Callahuanca. - Director: Lucio Pedro Julca Mateo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Carampoma. - Director: Javier Alex Vásquez Carrasco, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huachupampa. - Directora: Sipriana Lila Toledo Espinoza, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Huanza. - Directora: Eveling Geovanna Feliciano Ordóñez, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Antonio. - Director: Nelson de La Cruz Dávalos, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Iris. - Director: Cástulo Liberto Obispo Bautista, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Casta. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Eulalia”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización 797522-5 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 037-2012-PCM/SD Lima, 31 de mayo de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 029-2012-MMLC; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 356-MB de la Municipalidad Distrital de Barranco; la Ordenanza Municipal Nº 371-MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María; la Ordenanza Municipal Nº 138-2011/MLV de la Municipalidad Distrital de La Victoria; la Ordenanza Municipal Nº 303-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince; la Ordenanza Municipal Nº 377/MM de la Municipalidad