Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2012 (06/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2012

que resulten concordantes con las clausulas sustantivas y procesales que nuestro MORDAZA negocia en sus acuerdos bilaterales y multilaterales sobre promocion y proteccion de inversiones; Que, en consecuencia, y siendo de interes para el MORDAZA, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 dispone que los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru se autorizan mediante Resolucion del Titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA Ampuero MORDAZA, consultor de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del MORDAZA, del 06 al 08 de junio de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos : Viaticos (3 dias) : US$ US$ 1 381,00 600,00

Finanzas en base a los Indices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, conforme al articulo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los indices de correccion monetaria seran fijados mensualmente por Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, la cual sera publicada dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos indices de correccion monetaria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el dia siguiente de publicada la presente Resolucion hasta la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial mediante la cual se fijen los indices de correccion monetaria del siguiente mes, el valor de adquisicion, de construccion o de ingreso al patrimonio, segun sea el caso, se ajustara multiplicandolo por el indice de correccion monetaria correspondiente al mes y ano de adquisicion del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. El referido Anexo sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha en que sea publicada esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 797508-2

EDUCACION
Conforman la Comision Sectorial de Transferencia y las Sub Comisiones de Transferencia de Presupuesto, de Acervo Documentario, y de Saldo Contable de Activos, Pasivos y Patrimonio
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 0021-2012-ED MORDAZA, 1 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2011-ED se da por finalizado el Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa de los niveles educativos inicial, primaria y secundaria autorizados por los Decretos Supremos N° 078-2006-PCM y N° 005-2008-ED; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 0020-2012ED se dispone la entrega de competencias y funciones asignadas a las Municipalidades Distritales que formaron parte del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa a favor de los Gobiernos Regionales y al Ministerio de Educacion, precisandose que en el caso de los distritos que se encuentren dentro del ambito de MORDAZA Metropolitana, la transferencia se efectuara al Ministerio de Educacion; Que, los sistemas administrativos, esto es, presupuesto, acervo documentario y estado contable de activos, pasivos y patrimonio de las municipalidades distritales de Miraflores, MORDAZA de MORDAZA y Surquillo pertenecen al ambito de la Unidad de Gestion Educativa Local N° 07-San Borja; La MORDAZA a la jurisdiccion de la Unidad de Gestion Educativa Local N° 06-Ate Vitarte; y, Los MORDAZA, a la Unidad de Gestion Educativa Local N° 02-Rimac; Que, resulta necesario conformar la comision de transferencia para culminar el MORDAZA de entrega y

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado consultor debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del consultor cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 797508-1

Fijan indices de correccion monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 392-2012-EF/15 MORDAZA, 4 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenacion de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisicion, construccion o de ingreso al patrimonio reajustado por los indices de correccion monetaria que establece el Ministerio de Economia y

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