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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (09/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 123

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468141 el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- Los mencionados Ofi ciales, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El Ofi cial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 799612-2 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Autorizan viaje de funcionario a Ecuador para participar en el Primer Encuentro Continental por la Inclusión de las Personas con Discapacidad “América Solidaria” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2012-MIMP Lima, 9 de junio de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 1686-2012-MIMP-SG de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N del 7 de mayo de 2012, el Vicepresidente Constitucional del Ecuador y el Vicepresidente del Banco Mundial invitan a la titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para que participe del Primer Encuentro Continental por la Inclusión de las Personas con Discapacidad “América Solidaria” que se llevará a cabo del 11 al 12 de junio de 2012, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, organizado por el Gobierno de la República del Ecuador y el Banco Mundial, siendo que en el marco de “América Solidaria” se presentará el Programa “Misión Solidaria Manuela Espejo”, el que se ha implementado para la transformación de la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias; Que, sobre el particular la titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables ha designado al señor Julio Andrés Rojas Julca, Viceministro de Poblaciones Vulnerables, a fi n que conforme la delegación peruana que participará del referido encuentro, siendo que los gastos que irroga su participación serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098, publicado el 20 de enero de 2012, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que en el literal i) del artículo 5 y el literal h) del artículo 14 establecen como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, entre otros, la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad; y que por encargo de la titular de la entidad, el Viceministro de Poblaciones Vulnerables ejerce funciones de seguimiento al cumplimiento, entre otros, de los compromisos, tratados, programas y plataformas de acción en materia de población, adultos mayores, personas con discapacidad y desplazados; Que, en tal sentido, dada la importancia del citado encuentro para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación del señor JULIO ANDRÉS ROJAS JULCA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JULIO ANDRÉS ROJAS JULCA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 11 al 12 de junio de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA y otro) S/. 3 955,04 Viáticos S/. 540,80 TOTAL S/. 4 495,84 Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.-Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de viáticos correspondiente. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 799612-3