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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, sábado 9 de junio de 2012 468135 AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 174-2012-PCM.- Encargan a Comisión Multisectorial el monitoreo y seguimiento del “Plan Nacional de Intervención para enfrentar los efectos de la Temporada de Heladas y Friaje 2012” 468136 R.S. N° 175-2012-PCM.- Autorizan viaje de funcionario de Sierra Exportadora a Colombia, en comisión de servicios 468137 CULTURA R.S. N° 013-2012-MC.- Autorizan viaje del Jefe del Archivo General de la Nación a Colombia, en comisión de servicios 468138 R.S. N° 014-2012-MC.- Autorizan viaje de profesionales del Ministerio para participar en la V Reunión del Comité Técnico Binacional para Asuntos Sociales, Culturales y de Cooperación Perú - Ecuador 468139 DEFENSA R.S. N° 272-2012-DE/MGP.- Autorizan viaje de Ofi ciales de la Marina de Guerra a Canadá, en comisión de servicios 468140 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES R.S. N° 010-2012-MIMP.- Autorizan viaje de funcionario a Ecuador para participar en el Primer Encuentro Continental por la Inclusión de las Personas con Discapacidad “América Solidaria” 468141 Sumario EDICIÓN EXTRAORDINARIA Año XXIX - Nº 11874 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL