TEXTO PAGINA: 121
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468139 servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo, que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pablo Alfonso Maguiña Minaya, Jefe del Archivo General de la Nación, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 11 al 14 de junio de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Archivo General de la Nación, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 965.00 (incluye TUUA) Viáticos : US $ 800.00 (US $ 200 x 3 + 1 día de instalación) TOTAL : US $ 1,765.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar ante el Ministro de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 799612-4 Autorizan viaje de profesionales del Ministerio para participar en la V Reunión del Comité Técnico Binacional para Asuntos Sociales, Culturales y de Cooperación Perú - Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2012-MC Lima, 09 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene entre sus funciones realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 117-2012-DGFC-VMPCIC/ MC, la Directora General de Fiscalización y Control del Ministerio de Cultura manifi esta que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de América del Sur, ha requerido la participación de representantes del Ministerio en la V Reunión del Comité Técnico Binacional de Asuntos Sociales, Culturales y de Cooperación Perú – Ecuador que se celebrará los días 13 y 14 de junio de 2012 en la ciudad de Machala, República del Ecuador; Que, en el mismo documento se manifi esta que desde hace varios años se ha desarrollado una estrecha relación de cooperación e intercambio de experiencias en el tema del control del tráfi co ilícito de bienes culturales con las contrapartes ecuatorianas. En esta ocasión se discutirá el tema de la cooperación en materia de tráfi co ilícito de bienes culturales, específi camente para la realización de un taller binacional de capacitación para policías, aduaneros y funcionarios culturales de las regiones fronterizas de ambos países, así como la posibilidad de implementar un módulo de control en el Centro Binacional de Atención Fronteriza (CEBAF) de Zarumilla – Tumbes; Que, la Directora General de Fiscalización y Control del Ministerio de Cultura ha propuesto a la Arqueóloga María Ysela Leyva Velazco y a la Historiadora Jerka Milagros Guerrero Varas para que participen en representación del Ministerio de Cultura ante la V Reunión del Comité Técnico Binacional de Asuntos Sociales, Culturales y de Cooperación Perú – Ecuador; Que, ante lo señalado precedentemente y teniendo en cuenta la importancia de fortalecer nuestra relación de cooperación bilateral con la República del Ecuador en materia de tráfi co ilícito de bienes culturales, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios de las profesionales propuestas por la Directora General de Fiscalización y Control del Ministerio de Cultura para que participen en V Reunión del Comité Técnico Binacional de Asuntos Sociales, Culturales y de Cooperación Perú – Ecuador que se celebrará los días 13 y 14 de junio de 2012 en la ciudad de Machala, República del Ecuador; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes por vía terrestre, serán cubiertos por el presupuesto institucional del Ministerio de Cultura; Que, el Artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, las comisionadas tienen previsto viajar por vía aérea a la ciudad de Tumbes y posteriormente se trasladarán por vía terrestre a la ciudad de Machala, República del Ecuador; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo, que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº