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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (09/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 110

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468128 publicada en el diario oficial El Peruano el 15 de setiembre de 1999 que declaró Ambiente Urbano Monumental y Zona Rígida, Área denominada Cerro La Cruz de Tambo Viejo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto en el ámbito de su competencia, la ejecución de las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 798550-1 Autorizan celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2012-A-MDC Cieneguilla, 14 de mayo de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: El Informe Nº 06-2012-REC-SG-MDC, de fecha 07 de mayo de 2012 de Secretaría General relacionado a la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2012; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, es obligación del estado promover y proteger a la familia, por ser una institución natural y fundamental de la sociedad, y por ende también corresponde a los Gobiernos Locales, promover y regularizar la situación convivencial de muchos vecinos del distrito de Cieneguilla, asimismo, es labor funcional administrativa municipal, crear medios para consolidar la familia; Que, el principal objetivo de esta convocatoria es regularizar la situación convivencial de muchos vecinos cieneguillanos, brindándoles las máximas facilidades al respecto; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 248º y siguiente del Código Civil vigente, corresponde al alcalde celebrar los matrimonios y demás actos inherentes al mismo; Que, asimismo, estando a lo señalado por el artículo 252º del Código Civil sobre dispensa de publicación de avisos, el Alcalde puede dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248º del mismo cuerpo normativo; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 009-2012-MDC de fecha 25 de febrero de 2012 el Concejo Municipal por unanimidad acordó disponer la celebración del “Matrimonio Civil Comunitario 2012” a fi n que se realice el día sábado 16 de junio de 2012 en los Jardines de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, así como los artículos 248º, 252º y demás concordantes del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “Matrimonio Civil Comunitario 2012”, a realizarse el día sábado 16 de junio de 2012 en los Jardines de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, cuyo cronograma se detalla a continuación: Inicio de Inscripciones : 14. de mayo de 2012 Cierre de Inscripciones : 9 de junio de 2012 Ceremonia Central : Sábado 16 de junio de 2012 Lugar : Jardines de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla Hora : 10:00 a.m. (hora exacta) Artículo Segundo.- ESTABLEZCASE como único pago por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario, la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo adjuntarse los siguientes requisitos: a) Partidas de Nacimiento actualizadas originales de ambos contrayentes b) Fotografía a color tamaño carné de cada contrayente c) Copia de DNI de ambos contrayentes d) Copia de DNI de dos testigos e) Declaración Jurada Domiciliaria f) Declaración Jurada de Salud g) Certifi cado de Soltería otorgado por RENIEC h) Recibo de pago de la Tasa Única de S/. 60.00 Nuevos Soles Artículo Tercero.- AUTORIZAR la dispensa de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario 2012, estando a los motivos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a Secretaría General el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 798549-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban habilitación urbana nueva de terreno para uso residencial de densidad media y autorizan obras de agua potable y alcantarillado, electrificación y otros RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 122-2012-SGCHU-GDU-MDSMP San Martín de Porres, 04 de junio de 2012 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Expediente No. 26525-2009 de fecha 19 de Junio de 2009, seguido por Segundo Rojas Silva, mediante el cual solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva, para uso Residencial de Densidad Media, del inmueble constituido por la Parcela 10, Sub-Acción B-1 Ex Fundo Chuquitanta, con un área de 32,556.38 m2, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 5) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que de acuerdo a la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y