Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2012 (09/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones Nº 29090, vigente cuando se inicio el presente tramite, en su Art. 1º establece la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria; Que, mediante Expediente Nº 26525-2009 del 19 de Junio de 2009, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita al MORDAZA de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones - Ley Nº 29090 y su reglamento, la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Nueva del terreno de 32,556.38 m2 para uso Residencial de Densidad Media, constituido por la Parcela 10, Sub-Accion B-1 Ex Fundo Chuquitanta, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Oficio No. 445-2009-SGCyHUGDU/MDSMP del 10 de MORDAZA del 2009, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, comunica las observaciones y omision de requisitos advertidos en el Informe Tecnico No. 087-2009-ARO-SGCyHU-GDU/ MDSMP, siendo necesario la rectificacion de area sobre los linderos y medidas perimetricas por no coincidir con los datos inscritos en la Partida Registral No.43697331 que corresponde al predio materia de la Habilitacion MORDAZA, siendo el Area registrada de 31,000 m2 y no como se indica en el plano de lotizacion L-01 de 32,556.38 m2.. Asi mismo se indica que debera replantear el Plano de Lotizacion por encontrarse afecto por la Av. El Sauce, via Colectora segun Sistema Vial ­ Sector Chuquitanta aprobado por la Ordenanza No. 687 del 09/09/04. Debera adjuntar el Planeamiento Integral del Sector aprobado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Declaracion Jurada referente a la inexistencia de fedatarios y reserva de aportes reglamentarios y la no existencia de acequia de regadio en el terreno por habilitar; Que mediante Codificado No. 37702-01-2009 de fecha 09 de setiembre del 2009 el administrado ingresa documentacion correspondiente a la subsanacion de las observaciones indicadas en el Oficio No. 445-2009SGCyHU-GDU/MDSMP, del 10 de MORDAZA del 2009 , emitido por la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas; ingresando los documentos de Declaracion Jurada solicitado referente a la Inexistencia de Fedatarios; Reserva de aportes reglamentarios y la no existencia de acequia de Regadio, pero sin embargo persiste en el diseno del Proyecto de Lotizacion, para la presente Habilitacion MORDAZA un planteamiento que no se ajusta al Sistema Vial del Sector Chuquitanta, aprobado por la Ordenanza No. 687, ademas de presentar el proyecto sobre un area de terreno de 32,556.38 m2, que no corresponde el area y medidas perimetricas con los datos inscritos en su Partida Registral No. 43697331, siendo el area inscrita de 31,000 m2, sin aun presentar la rectificacion de areas debidamente inscritas; Que, mediante Documento Nº 26872-2011 con fecha 21 de MORDAZA del 2012 el Administrado presenta Carta Notarial donde solicita la Aplicacion del Silencio Administrativo Positivo, de conformidad con el Articulo 3º de la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, por cuanto a la fecha del presente no se ha emitido pronunciamiento

alguno respecto al procedimiento de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Nueva del inmueble constituido por El Lote No. 10 de la Urb. del Fundo Chuquitanta, con un area de 31,000.00 m2, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, habiendose vencido los plazos establecidos de acuerdo a Ley, operando de manera automatica el Silencio Administrativo Positivo; Que, mediante Informe Nº 031-2012- IRAB - SGC y HU-GDU, el tecnico del area de habilitaciones urbanas senala que el administrado no ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones - Ley Nº 29090, Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion y el MORDAZA de esta corporacion. Para la aprobacion del presente proyecto, el administrado debera presentar el Certificado de Inexistencias de Restos Arqueologicos emitido por el INC, debido a que el inmueble colinda con la "ZONA ARQUEOLOGICA MURALLA DE CHUQUITANTA", para lo cual mediante Oficio No. 418-2003-INC/DGPA emitido por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico de fecha 22 de MORDAZA del 2003 recomienda la realizacion de un proyecto de evaluacion arqueologica a fin de establecer los limites de la MORDAZA Arqueologica y salvaguardar la integridad del patrimonio. Asimismo el administrado presenta Planos de Lotizacion con un area y medidas perimetricas que no corresponden a las Inscritas. Mediante el Oficio No. 445-2009-SGCyHU-GDU/MDSMP del 10 de MORDAZA del 2009, esta subgerencia solicita la MORDAZA de la MORDAZA literal de dominio en la que se inscriba la Rectificacion de Areas y medidas perimetricas del terreno de 32,556.38m2, sin embargo el administrado no ha cumplido con presentarlo; Que el presente proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva del inmueble constituido por la Parcela 10, SubAccion B-1 Ex Fundo Chuquitanta, no cumple con los planes urbanos respecto al sistema vial y aportes reglamentarios. El proyecto de lotizacion no respeta la seccion normativa de la Av. El Sauce, via calificada como colectora y que forma parte del Sistema Vial del Sector Chuquitanta, aprobado por la Ordenanza No. 687, asi como tampoco se ha efectuado correctamente el calculo de los aportes reglamentarios cumpliendo con la Ordenanza 836-MML; Que el Informe Tecnico Nº 031-2012- IRAB - SGC y HUGDU concluye que la solicitud de la presente Habilitacion es IMPROCEDENTE. Sin embargo debido a que el administrado ha presentado la solicitud de aplicacion del Silencio Administrativo visto que el documento ingresado con Codificado No. 37702-01-2012 no ha recibido Oficio de respuesta desde la fecha 09 de setiembre del 2009, se deriva hacia el area legal para su pronunciamiento. Que el Informe Nº 307-2012-RPG-GDU-MDSMP del 01 de Junio de 2012, el area legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA senala que acorde con la Ley 29090 el presente procedimiento administrativo se encuentra sujeto a la aplicacion del silencio administrativo positivo establecido en la Ley 29060 por lo que es procedente emitir el respectivo acto administrativo aprobando la solicitud de habilitacion MORDAZA nueva debiendo sujetarse al procedimiento de controles posteriores de acuerdo a la Ley Nº 27444. De conformidad con el articulo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; articulo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Construcciones , Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, Ordenanza N° 127-MML, Ordenanza Nº 836-MML, Ordenanza Nº 183-MML y la Resolucion de Alcaldia Nº 136-2009-MDSMP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Habilitacion MORDAZA Nueva seguido por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber operado el Silencio Administrativo Positivo, de conformidad con el Codificado 26872-2011 de fecha 21 de MORDAZA del 2012, y de conformidad con el Plano Signado con el N° 033-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y

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