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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (15/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de junio de 2012 468367 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto EN MAYORÍA de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE BENEFICIOS DE REDUCCIÓN DE DEUDAS CONSTITUIDAS POR MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS DE INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE TRÁNSITO Y/O TRANSPORTE URBANO E INTERURBANO, ASÍ COMO DE LA DEUDA POR CONCEPTO DE TASA DE GUARDIANÍA Y/O TASA DE REMOLQUE VEHICULAR POR INTERNAMIENTO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS Artículo 1º. FINALIDAD Establecer benefi cios de reducción y fl exibilización en los pagos de deudas administrativas derivadas del levantamiento de infracciones en materia de transporte y tránsito terrestre en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, como se precisa: 1.1.- Establecer el benefi cio de reducción de las deudas administrativas derivadas de infracciones al transporte y tránsito terrestre (papeletas de infracción de tránsito, actas de control, actas de verifi cación, papeletas de infracción municipal, infracciones al Reglamento del Servicio de Transporte público regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, Reglamento del Servicio de Taxi- Callao (SETACA), Reglamento del Servicio de Transportes Especial de Estudiantes), del valor establecido según la escala de infracciones respectiva, siempre y cuando hayan sido levantadas hasta 31 de diciembre de 2010, exceptuándose aquellas infracciones por conducir en estado de ebriedad. 1.2.- Establecer el fraccionamiento de deudas por infracciones de Códigos M-1 y M-2 hasta en 4 cuotas, con periodicidad de 30 días calendarios, siempre que sea suscrito dentro del período de vigencia de la presente Ordenanza y /o que haya sido levantada hasta el 31 de diciembre de 2010. 1.3.- Establecer el fraccionamiento de deudas por infracciones al tránsito y/o transporte terrestre, superiores o igual al 50% de la U.I.T., siempre que hayan sido levantadas a partir del 31 de diciembre de 2010. 1.4.- Establecer el benefi cio de reducción de la deuda originada por concepto de tasa de guardianía y/o remolque de vehículos con grúa internados en el Depósito Municipal de Vehículos, especifi cando los procedimientos, requisitos y condiciones para acogerse al mismo. Artículo 2º. BENEFICIO DE REDUCCIÓN 2.1.- Dispóngase el benefi cio de reducción del 70% de deuda insoluta administrativa, existente siempre y cuando hayan sido levantadas hasta el 31 de diciembre de 2010. 2.2.- Si la deuda se encontrase en cobranza por la vía coactiva, los conceptos de costas procesales, gastos administrativos y demás que se generen, también serán reducidos 70%, en el estado en que se encuentren. 2.3.- Se exceptúan de los benefi cios establecidos en los puntos que anteceden, aquellas infracciones detectadas por conducir en estado de ebriedad. 2.4.- El acogimiento al benefi cio de reducción, implica el reconocimiento de la infracción conforme a lo dispuesto en el Art. 336 del Reglamento Nacional de Tránsito, y numeral 124.3 del Art. 124 del Reglamento Nacional de Administración de Transportes y en caso se encontrase con expediente administrativo pendiente de trámite, presentado contra la infracción levantada, se dará por concluido el procedimiento administrativo sancionador respectivo. 2.5.- Dispóngase el benefi cio de reducción del 70% de la deuda derivada por la Tasa de Guardianía y/o remolque vehicular, sin intereses, generado por internamiento de vehículos en el depósito municipal, con una antigüedad de internamiento, mayor a 60 (sesenta) días calendarios, siempre que se subsane los motivos que originaron el internamiento vehicular y previa liquidación efectuada por el Depósito Municipal de Vehículos, dentro del período de vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 3º. DEUDA MATERIA DE FRACCIONAMIENTO 3.1.- Podrán ser materia de fraccionamiento aquellas deudas que se encuentran dentro de lo previsto en el numeral 1.2 del artículo 1, de la presente Ordenanza Municipal, siempre que hayan sido sancionadas por la autoridad administrativa competente, con una periodicidad de 30 días calendarios y hasta en 4 cuotas. 3.2.- Podrán ser materia de fraccionamiento aquellas deudas en materia de transporte y tránsito que se generen a partir del 01 de Mayo del presente año, hasta el término de la vigencia de la presente Ordenanza, siempre y cuando la infracción levantada sea igual o superior al 50% de la U.I.T., con una periodicidad de 30 días calendarios y hasta en 6 cuotas. 3.2.1.- En caso la infracción levantada se encuentre dentro del período de reducción que establecen los Reglamentos y/u Ordenanzas sobre la materia, la deuda será fraccionada sobre el 100% de la deuda, establecida en las tablas de infracciones respectivas. 3.3.- La solicitud de fraccionamiento será aprobada inmediatamente después de haberse cumplido con los requisitos que se señalan en el artículo 5 de la presente Ordenanza, por lo que la primera cuota deberá ser cancelada hasta el día siguiente de aprobada la misma. Artículo 4º. SUJETOS QUE PUEDEN SOLICITAR EL FRACCIONAMIENTO Podrán solicitar el fraccionamiento, el deudor o tercero legitimado quien será considerado como obligado al pago del fraccionamiento, siempre que cumpla con los requisitos previstos en la presente Ordenanza. Artículo 5º. REQUISITOS PARA ACCEDER AL FRACCIONAMIENTO El deudor o tercero legitimado deberá adjuntar a su solicitud la siguiente documentación: 5.1.- Copia de documento de identidad del solicitante y /o representante. 5.2.- En caso del tercero legitimado deberá acompañar Declaración Jurada de Responsabilidad. 5.3.- En caso de representante deberá acompañar copia de poder simple y específi co que acredite la calidad de representante y/o apoderado. 5.4.- Copia de recibo de luz, agua o teléfono fi jo del mes anterior al de la presentación de la solicitud y/o contrato de arrendamiento cuando corresponda o documento idóneo que permita determinar su domicilio actual. 5.5.- Número telefónico fi jo de referencia y correo electrónico. Artículo 6º. FORMATO DE SOLICITUD Los formatos de solicitud de fraccionamiento serán proporcionados en las ofi cinas de la Gerencia de Transporte y Tránsito y/o en la Gerencia de Ejecución Coactiva de forma gratuita y serán publicados en la página web de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao. gob.pe) conforme a los anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente ordenanza municipal. El deudor o el tercero legitimado deberá cumplir con adjuntar la documentación requerida en el artículo que antecede, siendo automática la aprobación de cumplir con los requisitos señalados, caso contrario la solicitud será rechazada de plano. Artículo 7º. APROBACIÓN DE CUOTAS Y PLAZO DEL FRACCIONAMIENTO La deuda a fraccionar, tendrá un intervalo de 30 días calendarios. Se considerará como fecha de vencimiento de pago de la cuota respectiva, el mismo día del mes siguiente en que se canceló la primera cuota. Cuando las fechas de vencimiento recaigan en días inhábiles, serán trasladadas al primer día hábil siguiente. La primera cuota deberá ser cancelada, luego de la aprobación de la solicitud de fraccionamiento, por la Gerencia respectiva. 7.1.- Si la deuda se encuentra por la vía coactiva, la primera cuota de la deuda insoluta irá acompañada conjuntamente con el pago de las costas procesales y gastos administrativos que se hayan generado.