Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2012 (15/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468369

2007-PCM, la Ordenanza Municipal Nº 000010-2008, que aprueba las Normas Tecnicas Administrativas para la ubicacion de anuncios publicitarios en la Provincia Constitucional del Callao y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, de esta Comuna y, con la finalidad de evitar tramites infructuosos, se expedira una orden de pago de la tasa correspondiente a cada autorizacion, la misma que debera expedirse posteriormente a la orientacion y verificacion de los requisitos establecidos en las acotadas normas. Articulo 6º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion la expedicion de la Licencia de Funcionamiento Municipal dentro de las setenta y dos (72) horas de haber ingresado la solicitud de Licencia de Funcionamiento Municipal acogida a la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion la expedicion de la autorizacion para la ubicacion de Anuncios Publicitarios y colocacion de Toldos, en forma conjunta y simultanea al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento Municipal, dentro de las setenta y dos (72) horas de haber ingresado la solicitud de Licencia de Funcionamiento Municipal acogida a la presente Ordenanza, dado a que las autorizaciones descritas constituyen procedimientos vinculados y accesorios al funcionamiento del local, y considerando que la licencia de funcionamiento tiene caracter indeterminado, la nulidad o cese de la licencia de funcionamiento, acarreara la perdida de vigencia de la autorizacion para la ubicacion de Anuncios Publicitarios y para la colocacion de Toldos, en tanto el establecimiento no obtenga una nueva licencia de funcionamiento y siempre que no se modifiquen las caracteristicas y/o condiciones de dichas autorizaciones. Articulo 8º.- Exonerase excepcionalmente y por unica vez el pago del 100% de la multa administrativa, derivada de una notificacion de infraccion, por carecer de Licencia de Funcionamiento Municipal a los propietarios y/o conductores de los locales comerciales, que desarrollen actividades comerciales al por menor y de servicio, con un area de hasta 50 m2, indicados en el articulo segundo. Con respecto a la exoneracion a la multa administrativa, derivada de una Notificacion de Infraccion por carecer de Licencia de Funcionamiento Municipal, los administrados que estuvieran incursos en estos casos, deberan solicitar por escrito la respectiva anulacion de la Notificacion y/o de la Resolucion de Multa Administrativa, para lo cual deberan adjuntar MORDAZA legible de la solicitud de tramite de la Licencia de Funcionamiento Municipal, Formulario Unico de Tramite - FUT, ingresado por ante la Oficina de Tramite Documentario y Archivo de la Municipalidad. Articulo 9º.- Exonerase excepcionalmente y por unica vez el derecho de pago por levantamiento de clausura, estipulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA., Item 7 y 8, de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion. Con respecto al levantamiento de la sancion complementaria de clausura definitiva o temporal ejecutada, podra ser suspendida previa MORDAZA de la solicitud de levantamiento de la clausura, para lo cual debera acreditar haber levantado la infraccion, presentando MORDAZA del Formulario Unico de Tramite - FUT, documento que acredita el inicio del tramite de la respectiva Licencia de Funcionamiento Municipal, ingresado por ante la Oficina de Tramite Documentario y Archivo de la Municipalidad. Articulo 10º.- El incumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza y demas normas municipales, estara sujeto a las sanciones y acciones administrativas descritas en el Regimen de Aplicacion de Sanciones - RAS, aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 000010-2007. Articulo 11º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, Gerencia General de Relaciones Publicas e Informatica, el cumplimiento, publicidad y promocion de la presente Ordenanza. Articulo 12º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y vence el 16 de MORDAZA de 2012.

Articulo 13º.- Facultase al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza asi como para disponer la prorroga correspondiente, si fuere necesario. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 802021-1

Aprueban beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias
CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2012 Callao, 8 de junio de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS "AHORA O NUNCA" Articulo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer un regimen de beneficios que incentiven el pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales, Multas tributarias, Multas Administrativas y Fraccionamientos tributarios y/o administrativos, cualquiera sea su estado de cobranza. DEUDA TRIBUTARIA Articulo 2º.- Impuesto Predial Los contribuyentes que registren deuda vencida por Impuesto Predial hasta el MORDAZA (2) trimestre del ano 2012 y la cancelen en su totalidad, se les condonara el 100% de los intereses moratorios por dicho tributo. Articulo 3º.- Arbitrios Municipales Los contribuyentes que no registren deuda del Impuesto Predial y cancelen al contado la totalidad de los arbitrios municipales del ejercicio 2012, se les condonara el 100% de los intereses moratorios de los arbitrios de anos anteriores y ademas tendran el siguiente descuento sobre el monto insoluto: a. Uso MORDAZA habitacion y Terrenos sin construir:
DESCUENTO DESCUENTO DESCUENTO ANO DE LOS DEL 15 DE JUNIO DEL 02 DE MORDAZA DEL16 DE MORDAZA ARBITRIOS HASTA EL 30 DE HASTA EL 14 DE HASTA EL 31 DE MUNICIPALES JUNIO 2012 MORDAZA 2012 MORDAZA 2012 Hasta el 2007 2008 al 2010 2011 95% 50% 25% 80% 40% 20% 70% 30% 15%

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