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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (15/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de junio de 2012 468356 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Modifican la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones, y el Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000020 Callao, 22 de mayo del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO; POR CUANTO: El Consejo Regional en Sesión Ordinaria del día 22 de de mayo del 2012. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000028 de fecha 20 de diciembre de 2011, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao; modifi cada por Ordenanza Regional Nº 000006 de fecha 08 de Marzo de 2012; Que, el Artículo 9º literal a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de noviembre del 2002, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para “Aprobar su organización interna y su presupuesto”; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las entidades del Estado, establece que la aprobación del Reglamento de los Gobiernos Regionales se aprueba mediante Ordenanza Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los Lineamiento para la Elaboración del Cuadro para la Asignación de Personal de las Entidades del Estado, establece que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal en los siguientes casos: “Cuando la Entidad haya sufrido modifi caciones en su Reglamento de Organización y Funciones que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos”; Que, mediante Memorando Nº 1242-2012-GRC / GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial propone la modifi car el Reglamento de Organización y Funciones, así como el Cuadro para Asignación de Personal, sustentando su propuesta en lo dispuesto en la normativa vigente; Que, mediante Informe Nº 1137-2012-GRC / GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones, así como del Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Regional del Callao, en los términos planteados por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, eliminándose la Gerencia Regional de Salud, conforme a los Anexos Nº 01 y Nº 02, que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Regional del Callao, suprimiéndose los cargos números 299 Gerente y 300 Secretaria II de la Gerencia Regional de Salud, eliminada en el Artículo 1 precedente y trasladando el cargo número 301 Especialista en Salud Pública I a la Gerencia General Regional; asimismo la adecuación del Nº de Orden de los Cargos, conforme al Anexo Nº 3 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Administración, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo 4º.- La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Diario “El Callao” y entrará en vigencia al siguiente día de su publicación. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías e la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional y sus Anexos en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao. gob,pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob. pe. Artículo 6º.- Derogar o dejar sin efecto toda norma del Gobierno Regional del Callao en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 800483-1 Declaran de interés y necesidad pública la vigilancia, prevención y control del dengue en la Región Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000021 Callao, 31 de mayo del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO; POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 31 de mayo del 2012; CONSIDERANDO: Que, el primer párrafo del Artículo 192º, de la Constitución Política del Perú, establece que “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”; Que, la primera parte del Artículo 7º, de la Constitución Política del Perú establece que “Todos tienen derecho a la política y planes nacionales y locales de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa.”; Que, asimismo, el numeral I, del Títulos Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que “La salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo.”; igualmente, el numeral IV, de la misma ley, preceptúa que “La salud pública es responsabilidad es compartida por el individuo, la sociedad y el Estado.”; Que, en virtud “Plan Nacional Concertado de Salud”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 589-2007/MINSA, del 20 de julio del 2007, se establece como objetivó 5, de los Objetivos Sanitarios Nacional 2007-2020, “Controlar las Enfermedades Transmisibles Regionales. Control del dengue, leishmaniosis, enfermedad de chagas y bartonelosis.”; Que, el primer párrafo, del inciso 2, del numeral 3.1 de los Lineamientos de Política de Salud 2007-2020, del “Plan Nacional Concertado de Salud” en mención, establece como Lineamiento 2 “Vigilancia, prevención, y control de