Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2012 (15/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2012

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Modifican la Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones, y el Cuadro para Asignacion de Personal del Gobierno Regional del Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000020 Callao, 22 de MORDAZA del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO; POR CUANTO: El Consejo Regional en Sesion Ordinaria del dia 22 de de MORDAZA del 2012. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000028 de fecha 20 de diciembre de 2011, se aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao; modificada por Ordenanza Regional Nº 000006 de fecha 08 de Marzo de 2012; Que, el Articulo 9º literal a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobierno Regionales, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de noviembre del 2002, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para "Aprobar su organizacion interna y su presupuesto"; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de las entidades del Estado, establece que la aprobacion del Reglamento de los Gobiernos Regionales se aprueba mediante Ordenanza Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los Lineamiento para la Elaboracion del Cuadro para la Asignacion de Personal de las Entidades del Estado, establece que las Entidades de la Administracion Publica deberan modificar el Cuadro para Asignacion de Personal en los siguientes casos: "Cuando la Entidad MORDAZA sufrido modificaciones en su Reglamento de Organizacion y Funciones que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una accion de racionalizacion o mejoramiento de procesos"; Que, mediante Memorando Nº 1242-2012-GRC / GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial propone la modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como el Cuadro para Asignacion de Personal, sustentando su propuesta en lo dispuesto en la normativa vigente; Que, mediante Informe Nº 1137-2012-GRC / GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion favorable respecto de la propuesta de modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como del Cuadro para Asignacion de Personal del Gobierno Regional del Callao, en los terminos planteados por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES Y EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Articulo 1º.- Aprobar la modificacion de la Estructura Organica y del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao, eliminandose la Gerencia Regional de Salud, conforme a los Anexos Nº 01 y Nº 02, que forman parte de la presente Ordenanza Regional.

Articulo 2º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Gobierno Regional del Callao, suprimiendose los cargos numeros 299 Gerente y 300 Secretaria II de la Gerencia Regional de Salud, eliminada en el Articulo 1 precedente y trasladando el cargo numero 301 Especialista en Salud Publica I a la Gerencia General Regional; asimismo la adecuacion del Nº de Orden de los Cargos, conforme al Anexo Nº 3 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Administracion, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Articulo 4º.- La presente Ordenanza Regional sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Diario "El Callao" y entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Tecnologias e la Informacion y Comunicaciones, la publicacion de la presente Ordenanza Regional y sus Anexos en el MORDAZA WEB del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao. gob,pe y en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob. pe. Articulo 6º.- Derogar o dejar sin efecto toda MORDAZA del Gobierno Regional del Callao en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 800483-1

Declaran de interes y necesidad publica la vigilancia, prevencion y control del dengue en la Region Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000021 Callao, 31 de MORDAZA del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO; POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao del Gobierno Regional del Callao, en sesion celebrada el 31 de MORDAZA del 2012; CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del Articulo 192º, de la Constitucion Politica del Peru, establece que "Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo"; Que, la primera parte del Articulo 7º, de la Constitucion Politica del Peru establece que "Todos tienen derecho a la politica y planes nacionales y locales de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa."; Que, asimismo, el numeral I, del Titulos Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que "La salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo."; igualmente, el numeral IV, de la misma ley, preceptua que "La salud publica es responsabilidad es compartida por el individuo, la sociedad y el Estado."; Que, en virtud "Plan Nacional Concertado de Salud", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 589-2007/MINSA, del 20 de MORDAZA del 2007, se establece como objetivo 5, de los Objetivos Sanitarios Nacional 2007-2020, "Controlar las Enfermedades Transmisibles Regionales. Control del dengue, leishmaniosis, enfermedad de chagas y bartonelosis."; Que, el primer parrafo, del inciso 2, del numeral 3.1 de los Lineamientos de Politica de Salud 2007-2020, del "Plan Nacional Concertado de Salud" en mencion, establece como Lineamiento 2 "Vigilancia, prevencion, y control de

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