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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de junio de 2012 468355 Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de oficinas en los departamentos de Lima y Ucayali RESOLUCIÓN SBS Nº 3349-2012 Lima, 6 de junio de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice la apertura de las ofi cinas de Villa El Salvador y Pucallpa, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de dos ofi cinas, según se indica: - Ofi cina Villa El Salvador; ubicada en la Av. Juan Velasco Alvarado con la calle Los Artesanos, Zona Industrial, Centro Bancario Villa El Salvador, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. - Ofi cina Pucallpa; ubicada en el jirón Ucayali Mz. 31, Fracción del Lote 7, distrito Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 800947-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Otorgan autorización a la empresa ICM Pachapaqui S.A.C. para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en el distrito de Aquia, provincia Bolognesi, departamento de Ancash DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE ANCASH RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 052-2012-GRA-DREM/D Huaraz, 8 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente con registro N° 149657, del 01 de febrero de 2012, presentado por la Empresa ICM PACHAPAQUI S. A. C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11827236 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, debidamente representada por el Sung Chae Lee, con pasaporte de la república de Corea Nº QS0188358, sobre solicitud de otorgamiento de Autorización para Planta de Generación Eléctrica y Subestación 3 MVA – Planta Concentradora ICM PACHAPAQUI; CONSIDERANDO: Que, la Empresa ICM PACHAPAQUI S. A. C., mediante documento con registro Nº 149657, de fecha 01 de Febrero de 2012, ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la planta de Generación Eléctrica, correspondiente a los grupos Electrógenos de la Planta de Generación Eléctrica y Subestación 3 MVA – Planta Concentradora, con una potencia instalada de 2,450 KW (dos mil cuatrocientos cincuenta Kw), ubicada en el Distrito de Aquia, Provincia Bolognesi y Departamento de Ancash, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009- 93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, mediante recurso con registro Nº 149657 del 01 de Febrero de 2012, La Empresa ICM PACHAPAQUI S. A. C., remite información complementaria para la autorización de Generación Eléctrica y Subestación 3 MVA – Planta Concentradora ICM PACHAPAQUI. Que, el área de Electricidad de la Dirección Regional de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 003 - 2012- GRA/ DREM/DTE/lmchm; Estando a lo dispuesto por el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem 4.2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Energía y Minas, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº0709 – 2009 – REGION ANCASH/ PRE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar AUTORIZACION por tiempo indefi nido a favor de la Empresa ICM PACHAPAQUI S.A.C., que se identifi cará con código de Expediente Nº CT-001-2012-GRA-DREM/DTE, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Generación Eléctrica, correspondiente a los grupos Electrógenos de la Planta de Generación Eléctrica y Subestación 3 MVA – Planta Concentradora ICM PACHAPAQUI, con una potencia instalada de 2,450 kW, ubicada en el Distrito de Aquia, Provincia Bolognesi y Departamento de Ancash. Artículo 2°.- LA EMPRESA ICM PACHAPAQUI S.A.C. está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3°.- La presente Resolución Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del D.S. 009-93–EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ROGER QUIÑONES POMA Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash 800934-1