Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2012 (25/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 25 de junio de 2012

El expediente de evaluacion y ratificacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal de la Corte Superior de Justicia de Piura; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolucion N° 159-1996-CNM de fecha 15 de octubre de 1996 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue nombrado como Vocal - hoy Juez Superior de la Corte Superior del Distrito Judicial de MORDAZA y por Resolucion N° 058-2004-CNM del 07 febrero de 2004 se resuelve no ratificarlo en su cargo. Posteriormente, mediante Resolucion N° 122-2011-CNM de fecha 14 de MORDAZA de 2011 el Consejo Nacional de la Magistratura procede a la rehabilitacion de su titulo al haber celebrado un Acuerdo de Solucion Amistosa con el Estado Peruano. Siendo reincorporado en su cargo por Resolucion N° 049-2011-P-CSJSU/PJ del 01 de setiembre de 2011; Segundo: Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, se aprobo la Convocatoria N° 003­2011­ CNM de los procesos individuales de evaluacion y ratificacion de diversos magistrados, entre los cuales se encuentra comprendido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, siendo el periodo de evaluacion del magistrado del 23 de octubre de 1996 hasta el 07 de febrero de 2004 y desde el 01 de setiembre de 2011 hasta la fecha de conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con la entrevista personal al evaluado en sesion publica de 17 de enero de 2012, habiendose garantizado el acceso previo al expediente e informe individual para su lectura respectiva, respetando en todo momento las garantias del derecho al debido MORDAZA, por lo que corresponde adoptar la decision; Tercero: Que, con relacion al rubro conducta se aprecia lo siguiente: a) Antecedentes Disciplinarios: el magistrado evaluado registra 04 medidas disciplinarias de apercibimiento, de las cuales 02 fueron impuestas por la OCMA por conducta irregular y 02 por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. De estas ultimas una le fue impuesta al haber incurrido en irregularidades en la tramitacion del MORDAZA seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Domador por el delito de violacion sexual a una menor de catorce anos, mientras que la otra medida disciplinaria le fue impuesta por haber incurrido en irregularidades en la tramitacion del MORDAZA seguido contra MORDAZA MORDAZA Balarezo MORDAZA y otros, por el delito contra la administracion publica en la modalidad de peculado culposo en agravio de FONCODES. De otro lado, segun lo informado por la OCMA, el magistrado evaluado registra 08 quejas, de las cuales 05 han sido declaradas improcedentes, 01 tuvo lugar a abrir MORDAZA disciplinario, 01 se encuentra en tramite y 01 no ha tenido merito; ademas registra 01 visita con propuesta de absolucion; b) Participacion Ciudadana: Se han presentado los siguientes cuestionamientos: b.1) Cuestionamientos formulados por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entre los cuales, se tiene: b.1.1) Denuncia al magistrado evaluado por evidenciar demora en la tramitacion del Expediente N° 04-2008 sobre Accion de MORDAZA interpuesta por el representante legal de la Empresa Hostal MORDAZA SRL contra la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, con el fin de favorecer al demandado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, imputandosele haber prolongado dicha accion por mas de 3 anos, bajo el sustento de que la demora fue producida en el tramite de las notificaciones a los demandados; b.1.2) Se le imputa conducir en completo estado de ebriedad, ocasionar un accidente automovilistico y protagonizar un escandalo publico al haber agredido verbalmente al conductor contra quien se produjo la colision y ademas, haber amenazado con destituir a los oficiales policiales que lo intervinieron, hechos que atentan contra la majestad del Poder Judicial al haber sido causante de un escandalo publico propalado por diversos medios periodisticos, hechos por los cuales debio ser juzgado por delito contra la seguridad publica - peligro comun; pero que sin embargo resulto absuelto; b.2) Denuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Borrero, mediante la cual pone en conocimiento la queja interpuesta ante la OCMA por Inconducta Funcional del magistrado evaluado en su calidad de vocal integrante de la Sala Descentralizada Mixta de la MORDAZA de Sullana en los procesos sobre Nulidad de Acto Juridico (Expediente 20399-C) y sobre Desalojo de ocupacion precaria (Expediente 169-99-C), en los cuales habria incurrido en irregularidades en el ejercicio de su funcion jurisdiccional, en el primero al haberse avocado indebidamente y en el MORDAZA, por emitir pronunciamiento sobre aspectos que no fueron materia de impugnacion; b.3) Denuncia interpuesta por don MORDAZA MORDAZA

Baughman por haber emitido una sentencia sin expresion de causa y sin motivacion respecto a la demanda de nulidad de la sentencia de primera instancia que reconocia parcialmente las pretensiones del denunciante sobre pago de beneficios sociales y otros, en el MORDAZA seguido contra su empleadora Compania Petrolera Rio Bravo. Ademas de haber privado tanto al denunciante como a su abogado de su derecho de MORDAZA de expresion, amenazandolos para que se abstengan de hacer comentarios periodisticos contra su resolucion; b.4) Denuncia interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo contra el magistrado evaluado por violacion de sus derechos constitucionales y por los delitos de abuso de autoridad y prevaricato al haber dictado resoluciones contrarias a la ley respecto a la demanda de reconocimiento como martillero publico; b.5) Denuncia presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la MORDAZA Sala Civil de la Corte Superior de MORDAZA, conformada por el magistrado evaluado, por haber confirmado la sentencia de primera instancia que declara improcedente la demanda interpuesta por el denunciante no respetando la resolucion de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica que disponia la reposicion del denunciante en el cargo de Inspector Regional; b.6) Cuestionamiento formulado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena, en nombre propio y en representacion de la Empresa de Transportes Hermanos MORDAZA Pena S.A. (ETHMOPESA) respecto a la conducta funcional del magistrado sujeto a evaluacion en su calidad de Vocal integrante de la Primera Sala Civil de MORDAZA al haber reformado la sentencia de primera instancia disminuyendo el monto indemnizatorio por remate y embargo indebido de un vehiculo de propiedad del demandante en el MORDAZA seguido contra la Municipalidad Provincial de Piura; denuncias sobre las cuales el magistrado evaluado ha presentado sus descargos correspondientes; c) Asistencia y puntualidad: durante el periodo evaluado no registra tardanzas, ni ausencias injustificadas; d) Informacion de Colegios y/o Asociaciones de Abogados: el referendum realizado por el Colegio de Abogados de MORDAZA en el ano 2001, revela que el magistrado obtuvo 11 de puntaje y un calificativo de regular; e) Antecedentes sobre su conducta: no registra antecedentes policiales, judiciales ni penales, sin embargo, presenta 12 procesos judiciales como demandado siendo declaradas 04 improcedentes, 04 concluidas, 01 rechazada, 01 admitida, 01 en MORDAZA postulatorio y 01 declarado fundado; registra tambien 07 denuncias penales, de las cuales 04 son por prevaricato, 02 por abuso de autoridad y 01 por el delito de peligro comun en agravio de la sociedad al haber estado conduciendo en estado de ebriedad, MORDAZA en el cual el Ministerio Publico concluye que el delito y la responsabilidad penal estaban acreditadas, solicitando se le imponga la pena privativa de MORDAZA de un ano, la suspension de conduccion de todo MORDAZA de vehiculo motorizado y el pago de la suma de mil nuevos soles por concepto de reparacion civil. Sin embargo, la accion penal quedo extinguida; f) Informacion Patrimonial: no se aprecia variacion significativa o injustificada, sin embargo, respecto al movimiento migratorio del magistrado, no ha precisado el motivo ni la forma de financiamiento de los viajes realizados. Sin embargo, de la evaluacion conjunta de los rubros que comprende la conducta del magistrado evaluado, permite concluir que el magistrado evaluado no refleja suficientes elementos que conlleven a determinar una conducta adecuada para el ejercicio del cargo; Cuarto: Que, en lo referente al rubro idoneidad, se aprecia que: a) Calidad de Decisiones: en el aspecto de calidad de decisiones se calificaron 07 resoluciones, de las cuales 06 han obtenido buena calificacion y 01 fue calificada como deficiente, siendo la calificacion promedio de 1.47 sobre un MORDAZA de 2.0 puntos; b) Calidad en Gestion de Procesos: se admitieron 07 expedientes para ser sometidos a evaluacion, sin embargo, no se ha podido calificar la gestion de procesos del magistrado evaluado, por cuanto la Corte Superior de Justicia de MORDAZA no cumplio con remitir las copias correspondientes, pese al requerimiento reiterativo del Consejo Nacional de la Magistratura; c) Organizacion de Trabajo: se aprecia el cumplimiento de los procedimientos institucionales; d) Publicaciones: registra 13 publicaciones; e) Desarrollo Profesional: ha participado en 01 evento de capacitacion organizado por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, por lo que obtuvo 01 punto de un total de 05 puntos en este rubro; de otro lado, el magistrado evaluado es egresado de la Maestria en Derecho Administrativo de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA y del Doctorado en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Durante su entrevista publica se le formularon preguntas sobre sus conocimientos juridicos, respondiendo de manera imprecisa, demostrando inseguridad en sus conocimientos juridicos. La evaluacion conjunta del factor idoneidad, permite concluir que el magistrado no cuenta

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