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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (25/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de junio de 2012 469017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, se determina y regula las áreas programáticas de acción, las competencias exclusivas, funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, otorgándole competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de Gobierno en todo el territorio nacional; en la formulación, planeamiento, dirección, coordinación, ejecución, supervisión y evaluación de la política nacional y sectorial bajo su cargo y responsabilidad aplicable a todos los niveles de gobierno; en el dictado de normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la fi scalización y la sanción; y la dirección, coordinación y supervisión de las actividades de las autoridades políticas del Ministerio del Interior; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Final y Transitoria de la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, se faculta al Poder Ejecutivo publicar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el cual es aprobado mediante Decreto Supremo; Que, en tal virtud se ha formulado el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior, el cual es un instrumento de gestión administrativa, que orienta el esfuerzo institucional al logro de su fi nalidad y objetivos, estableciendo campos funcionales, precisando responsabilidades y permitiendo un adecuado proceso de dirección y control en las entidades públicas, compatible con los niveles de exigencia y modernización que requiere el Estado; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior. Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior, el mismo que consta de tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos, ciento doce (112) Artículos y dos (02) Disposiciones Finales, cuyo texto en anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Publicación. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior, aprobado en el artículo 1, será publicado en el Portal del Ministerio del Interior (www. mininter.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) el mismo día en que se publique el presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Vigencia del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior. El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior entrará en vigencia, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera Disposición Complementaria Final.- Efectos Presupuestales. La aplicación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior, se fi nanciará con el presupuesto institucional, sujeto a la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012 y no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. Segunda Disposición Complementaria Final.- Elaboración del Cuadro para Asignación de Personal - CAP. El Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio del Interior, se formulará en un plazo no mayor de sesenta días (60) días útiles, contados a partir de la vigencia del presente Reglamento. Tercera Disposición Complementaria Final.- Facultades. Facúltese al Ministerio del Interior para emitir las disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento e implementación del presente Decreto Supremo. Única Disposición Complementaria Derogatoria.- Derogación. Deróguese el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN y el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN; así como todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República WILVER ALFREDO CALLE GIRÓN Ministro del Interior 805785-1 RELACIONES EXTERIORES Designan integrante de la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2012-RE Lima, 22 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2008-RE se designó a los integrantes de la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile; Que, mediante Resolución Suprema Nº 172-2009-RE se designó al doctor Michael Wood, abogado extranjero, como integrante de la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima ente el Perú y Chile; Que, mediante Resolución Suprema Nº 309-2011-RE se resolvió designar como Co-Agente del Estado peruano ante la Corte Internacional de Justicia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República (r) José Antonio García Belaunde, e incorporarlo a la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile; Que, mediante Resolución Suprema Nº 340-2011-RE se resolvió designar como abogado nacional del Estado peruano al Embajador en el Servicio Diplomático de la República (r) Luis Ernesto Marchand Stens, e incorporarlo a la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile; Que, el Gobierno peruano estima necesario designar un nuevo integrante de la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile; Que, teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2624, del Despacho Viceministerial, de 7 de junio de 2012; De conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exeriores; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al doctor Tullio Treves, abogado extranjero, como integrante de la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile. Artículo 2.- Egresos Aplicar el egreso que origine la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 805785-3