Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2012 (25/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 25 de junio de 2012

pueden ser generalizadas a todos los departamentos del MORDAZA, y ademas pese a su existencia, estas no pueden ser fundamento para la creacion de un euevo organismo estatal, que lejos de hacer eficiente la funcion de inspeccion laboral, burocratizara la misma, al suponer este un ente paralelo a las Gerencias y Direcciones Regionales de trabajo que a la fecha vienen cumpliendo la misma funcion; siendo que para su funcionamiento requerira presupuesto para infraestructura, personal y gastos administrativos de sus organos desconcentrados a nivel nacional, y para el funcionamiento del Tribunal de Fiscalizacion Laboral. Asimismo debe tenerse en cuenta que en atencion a la Ley Nº 28806 ­ Ley General de Inspecciones, es el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo quien distribuye a nivel nacional los inspectores en condicion de destacados, siendo asi, es dicha instancia gubernamental la que actualmente es responsable en terminos de cantidad y calidad de la inspeccion laboral a nivel nacional, y no los gobiernos regionales como se colige de la exposicion de motivos del proyecto de ley. Que, en el caso de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de MORDAZA, cuenta con 2 inspectores de trabajo, 9 inspectores auxiliares, 1 supervisor, que en ninguno de los casos, al margen de su regimen laboral, les han iniciado procesos administrativos ni tienen denuncias comprobadas, ni mucho menos han recibido sancion alguna en el desempeno de su labor, teniendo por el contrario una estadistica favorable en su gestion, completando del ano 2009 al mes de MORDAZA del ano 2012 los siguientes resultados: ((a)) 7358 Ordenes de inspeccion, ((b)) 528 resoluciones de multa en primera instancia, y, ((c)) 1102 procedimientos sancionadores; apreciandose similares resultados en las demas Direcciones o Gerencias Regionales del MORDAZA, que si bien requieren de mayor personal y transferencia de recursos para mejorar su funcionamiento, ello no significa que la solucion sea el recorte de sus funciones, para centralizarlas en una Superintendencia, sino por el contrario debiera significar la decision de fortalecer dichas Gerencias o Direcciones. Asimismo la aprobacion de la MORDAZA, significaria un decremento de los recursos directamente recaudados de los Gobiernos Regionales, que en el caso de MORDAZA, durante el ano 2011 asciende a mas de tres millones de nuevos soles por dicho concepto; imposibilitando asi el optimo desarrollo de las funciones de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, y el consecuente perjuicio a la poblacion. Que, en consecuencia, la aprobacion del proyecto de ley materia de pronunciamiento, supondria un retroceso al MORDAZA de descentralizacion, contraviniendo asi la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion y a las funciones contempladas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de trabajo. Que, entonces, por estas consideraciones, siendo que los Acuerdos de Consejo Regional expresan decisiones regionales sobre: ((a)) asuntos internos, ((b)) asuntos de interes publico, ((c)) asuntos de interes ciudadano; y/o, ((d)) asuntos institucionales; y tambien declaran la voluntad para que: ((e)) se practique un acto determinado; y/o, ((f)) se observe una conducta o MORDAZA institucional; y al MORDAZA de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; exonerado el tramite de comision y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA, ACUERDA: Primero.- OBJETAR el Proyecto de Ley N· 538/2011PE presentado por el Presidente de la Republica y Consejo de Ministros ante el Congreso de la Republica, tramitado en su Comision de Descentralizacion, Regionalizacion, Gobiernos Locales y Modernizacion del Estado, sobre "Ley que crea la Superintendencia Nacional Fiscalizacion Laboral ­ Inspecciones y modifica la Ley Nº 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo", por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Segundo.- EXHORTAR a los Congresistas de la Republica, a desestimar el Proyecto de Ley detallado en el articulo precedente, en defensa del MORDAZA de descentralizacion y de la eficiencia de las inspecciones laborales a nivel nacional. Tercero.- SOLICITAR al Ejecutivo Nacional, para que a traves del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, adopte y/o gestione medidas tendientes a fortalecer las Gerencias y Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo a nivel nacional, a efecto de cumplir de manera mas eficiente su labor de inspeccion laboral. Cuarto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo Regional la notificacion del presente Acuerdo Regional a la Presidencia del Congreso de la Republica, con la solicitud de hacerlo

extensivo a todas los Congresistas; a la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales y a la Asociacion Nacional de Consejeros Regionales. Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de Avisos Judiciales de la Region Arequipa. POR TANTO: Registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Designan responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 182
MORDAZA, 20 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 51º de la Ordenanza Nº 812 de fecha 25 de agosto de 2005, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la Subgerencia de Personal es el organo encargado ­ entre otros ­ de administrar los recursos humanos, la contratacion, las remuneraciones y de las relaciones laborales en la Institucion; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004TR, establece que los organismos publicos y empresas del Estado estan obligadas a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previstos concursar, siendo excluido de esta obligacion los puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normatividad laboral publica vigente; Que, en ese sentido los organismos publicos y empresas del Estado deberan designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad mediante resolucion del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, es pertinente designar al responsable, a fin de garantizar el normal desarrollo de los procedimientos de contrataciones administrativas de servicios; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE y la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminacion progresiva del regimen especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR a partir de la fecha al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Area de Contratacion Administrativa de Servicios de la Subgerencia de Personal, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Personal de la Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo 3º.- DISPONER a la Secretaria General del Concejo su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa

805413-1

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