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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (25/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de junio de 2012 469032 PODER EJECUTIVO DEFENSA Prorrogan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para garantizar el normal funcionamiento de servicios públicos esenciales en las provincias de Cajamarca, Celendín y Hualgayoc del departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 297-2012 DE/ Lima, 25 de junio de 2012 Visto, el Ofi cio Nº 798-2012-IN/0101 del Señor Ministro del Interior, de fecha 25 de junio de 2012. CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 44º de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 5.3 del Artículo 5º, concordante con los Artículos 21º, 22º, 23º, 24º y 25º del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, disponen que las Fuerzas Armadas pueden actuar excepcionalmente en apoyo a la Policía Nacional del Perú para la protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justifi cados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, en los casos descritos en el párrafo precedente, la autoridad política o policial del lugar en que se producen los hechos debe solicitar la intervención de las Fuerzas Armadas al Ministro del Interior quien, una vez evaluados los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la República el que, a su vez, autorizará la actuación de las Fuerzas Armadas mediante Resolución Suprema; Que, mediante Resolución Suprema Nº 231-2012-DE del 28 de mayo de 2012, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, del 29 de mayo al 25 de junio de 2012, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de los servicios públicos esenciales, en establecimientos públicos y privados; servicios de agua, luz, aeropuertos, vías de acceso, entre otros, en las provincias de Cajamarca, Celendín y Hualgayoc del departamento de Cajamarca, para prevenir los actos de violencia que pudieran suscitarse en razón al paro regional indefi nido convocado desde el 31 de mayo de 2012; Que, a través del Ofi cio del visto, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República, por motivos de seguridad, se prorrogue la intervención de las Fuerzas Armadas en las provincias de Cajamarca, Celendín y Hualgayoc del departamento de Cajamarca, por el plazo de treinta (30) días, a fi n de poder prevenir los actos de violencia que pudieran producirse a raíz de las acciones a desplegar en razón al paro regional indefi nido señalado en el párrafo anterior; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL