Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2012 (28/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de junio de 2012

Articulo 3°.- Dentro de los 15 dias calendarios siguientes a la realizacion del viaje, los participantes senalados en el articulo 1° del presente Acuerdo de Concejo, presentaran un informe detallado sobre las acciones realizadas, logros obtenidos y la correspondiente rendicion de cuentas, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- DISPONER; la transcripcion y publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano; Articulo 5°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Tesoreria, Sub Gerencia de Presupuesto, Gerencia de Cooperacion de Relaciones Nacionales e Internacionales y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza N° 347-MDC y los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normatividad pertinente; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de Diciembre del 2012, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 347-MDC, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los veinticinco dias del mes de Junio del dos mil Doce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA

807398-1

807430-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 347-MDC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2012-MDC
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; La Ordenanza Nº 347-MDC de fecha 28.11.2011; el Informe Nº 246-2012-SGOP-GDU/MC de fecha 18.06.2012, emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas; el Informe Nº 439-2012-GAJ-MDC de fecha 25.06.2012, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 347-MDC de fecha 28.11.2011, respecto de la regularizacion de las Edificaciones: Licencia de Edificacion, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, y Levantamiento de Cargas en el Distrito de Comas, tiene plazo para acogerse a MORDAZA hasta el 30 de Junio del presente ano; Que, la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 347-MDC otorga facultades, para que mediante Decreto de Alcaldia, se amplie la mencionada Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 246-2012-SGOP-GDU/MC, la Sub Gerencia de Obras Privadas, informa que se preve que los administrados solicitaran la regularizacion de sus Edificaciones, otros aun no concluyen con la elaboracion de la respectiva documentacion (Elaboracion de Planos), y otros tienen el deseo de ingresar su Expediente; por lo que solicita se amplie la vigencia de la Ordenanza Nº 347-MDC hasta el 31.12.2012; Que, mediante el Informe Nº 439-2012-GAJ-MDC, la Gerencia de Asesoria Juridica establece que existe un grueso de la poblacion que a la fecha no concluyen con la elaboracion de sus documentos a efectos de acceder a los beneficios otorgados, por lo que se hace necesario la prorroga de los efectos de la Ordenanza Nº 347-MDC e indica que en el articulo tercero de las Disposiciones Finales de la mencionada Ordenanza otorga facultades al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda ampliar la presente Ordenanza; por lo que opina que procede la aprobacion de la prorroga de la Ordenanza Nº 347-MDC, sobre regularizacion de Edificaciones: Licencia de Edificacion, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, y Levantamiento de Cargas en el Distrito de Comas, mediante la emision de un Decreto de Alcaldia;

Aprueban implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos de Comas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2012-MDC
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Informe Nº 79-2012-SGLP-GSC/MC de fecha 23.02.2012, emitido por la Sub Gerencia de Limpieza Publica; el Informe Nº 110-2012-GSCGM/MC de fecha 23.02.2012, emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad; el Informe Nº 034-2012C/PSFRSC/MC de fecha 18.05.2012, emitido por el Coordinador del Programa de Segregacion en la Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos de Comas; el Informe Nº 169-2012-SGLP-GSC/MC de fecha 21.05.2012, emitido por la Sub gerencia de Limpieza Publica; el Informe Nº 262-2012-GSC-GM/MC de fecha 28.05.2012, emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad; el Informe Nº 399-2012-GAJ-MDC de fecha 11.06.2012, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; el Informe Nº 430-2012-GPP/MC de fecha 19.06.2012, emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 22) del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable, donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollen e interrelacionen de manera natural y armonica; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su Articulo 80º que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de Limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley Nº 27314 "Ley General de Residuos Solidos", modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 en su Articulo 11, numeral 12 dispone implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y la recoleccion selectiva de los residuos solidos en todo el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada. Las Municipalidades Distritales y Provinciales, son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion, transporte de los residuos solidos municipales y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion. Los residuos solidos en su totalidad deberan ser conducidos directamente a infraestructura

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