Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2012 (28/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

469189

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Novak Talavera y MORDAZA Mello Romero. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias

806684-3

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Modifican la Directiva Nº 002-2011/ OSCE-CD "Procesos de seleccion electronicos de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de bienes y servicios"
RESOLUCION Nº 163-2012-OSCE/PRE
MORDAZA MORDAZA, 26 de junio de 2012 VISTOS: El Acta de Sesion de Consejo Directivo Nº 006-2012/ OSCE-CD, de fecha 11 de junio de 2012, correspondiente a la Sesion Ordinaria Nº 006-2012/OSCE-CD, el Informe Nº 300-2012/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 014-2012-DTN, emitido por la Direccion Tecnico Normativa. CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe Nº 014-2012-DTN, la Direccion Tecnico Normativa senala que la Subdireccion de Normatividad ha llevado a cabo la revision de la Directiva Nº 002-2011/OSCE-CD, con el objeto de actualizar dicho instrumento normativo aplicable a los procesos de seleccion electronicos de adjudicacion de menor cuantia para la contratacion de bienes y servicios; Que, la modificacion propuesta tiene como objetivo mejorar el procedimiento para la contratacion mediante procesos electronicos de Adjudicacion de Menor Cuantia, de forma que los usuarios y operadores de las contrataciones del Estado cuenten con criterios uniformes y transparentes sobre su aplicacion, conforme ha senalado la Oficina de Asesoria Juridica en el Informe Nº 300-2012/OAJ; Que, en ese sentido, mediante Acuerdo Nº 003-0062012/OSCE-CD, de fecha 11 de junio de 2012, el Consejo Directivo acordo aprobar la modificacion de la Directiva Nº 002-2011/OSCE-CD sobre "Procesos de seleccion electronicos de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de bienes y servicios"; Que, en concordancia con el articulo MORDAZA citado, el articulo 6º y el inciso 8) del articulo 7º, del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo, aprobado mediante Acuerdo Nº 0012-003 del 08 de MORDAZA de 2009 y modificado mediante Acuerdo Nº 003-002, del 19 de febrero de 2010, el Presidente del Consejo Directivo es el Presidente Ejecutivo del OSCE y tiene entre sus funciones formalizar los acuerdos del Consejo Directivo a traves de la emision de la Resolucion cuando corresponda; Que, el literal u) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE dispone que es competencia de la Presidencia Ejecutiva la expedicion de los actos administrativos que le corresponda, entre los cuales se encuentra el acto que formaliza los acuerdos del Consejo Directivo; Estando a lo expuesto mediante Acuerdo Nº 003-0062012/OSCE-CD, y de conformidad con el literal u) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, en concordancia con el articulo 6º y el numeral 8) del articulo 7º del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, y con las visaciones de la Oficina de Asesoria Juridica, la Direccion Tecnico Normativa, y la Secretaria General; SE RESUELVE:

Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, es un organismo publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria juridica de derecho publico, que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, encontrandose su personal sujeto al regimen laboral de la actividad privada; Que, en los articulos 67º al 70º de la citada Ley y en los articulos 285º al 298º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, se preve las reglas basicas aplicables a los procesos de seleccion electronicos; Que, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que las Adjudicaciones de Menor Cuantia para la contratacion de servicios via electronica seran implementadas en un determinado orden, prescribiendo que mediante Directiva el OSCE senalara la forma en que se aplicara la obligatoriedad de las contrataciones de servicios via electronica para las demas Entidades, asi como la forma en que se aplicara la obligatoriedad de las contrataciones electronicas a otros tipos de procesos de seleccion; Que, conforme a lo establecido en el inciso b) del articulo 58º de la Ley de Contrataciones del Estado, el OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicacion de la Ley y su Reglamento; Que, en concordancia con el referido articulo, la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que sus normas complementarias se ajustaran a lo indispensable y seran aprobadas mediante Directivas emitidas por el OSCE; Que, mediante Resolucion Nº 226-2011-OSCE/PRE, se aprobo la Directiva Nº 002-2011/OSCE-CD sobre "Procesos de seleccion electronicos de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de bienes y servicios";

Articulo Primero.- Modifiquese los apartados II y III; el numeral 3 del apartado IV; el literal c) del numeral 2.3, el numeral 2.4 y el literal b) del numeral 2.5 del apartado VI; y el apartado VIII de la Directiva Nº 002-2011/OSCECD "Procesos de seleccion electronicos de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de bienes y servicios", que en anexo adjunto forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Tercero.- Publiquese la presente resolucion y el texto modificatorio de la Directiva Nº 002-2011/OSCE-CD en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del OSCE (www.osce.gob.pe). Registrese y comuniquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Ejecutiva

807225-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en evento a realizarse en EE.UU.
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 140-2012/SUNAT
MORDAZA, 26 de junio de 2012

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