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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2012 461719 a los nuevos profesionales que asuman las funciones de las precitadas Administraciones Locales de Agua; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, con efectividad al 01 de Febrero de 2012, la encargatura de funciones en la Administración Local de Agua Chotano – Llaucano, conferida al señor Pablo Listter Menacho Herrera, mediante la Resolución Jefatural Nº 535-2011-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Dar por concluidas, a partir del 02 de Marzo de 2012, las encargaturas de funciones en las Administraciones Locales de Agua, que fueron otorgadas a los profesionales que se indican a continuación, dándosele las gracias por los servicios prestados: ADMINISTRACIÒN LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO RESOLUCIÒN DE ENCARGATURA Huamachuco Marceliano Jacinto Hernández Sánchez R.J Nº 191-2009- ANA Chinchipe - Chamaya Jorge Luis Ninantay Lobatón R.J Nº 075-2011- ANA Perené Carlos Julio Taipe García R.J. Nº 364-2011- ANA Artículo Tercero.- Encargar, a partir del día 02 de Marzo de 2012, las funciones de las Administraciones Locales del Agua, a los profesionales siguientes: ADMINISTRACIÒN LOCAL DEL AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Huamachuco Luis Adelmer Pizan Flores Chinchipe – Chamaya Cieza Horna Wenceslao Perené María Lucy Navarro Villanueva Chotano - Llaucano Fernando Montalvo Fernández Regístrese, comuníquese y publíquese, HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 758084-1 AMBIENTE Modifican el TUPA del Ministerio en extremo referido a calificación del procedimiento “Recurso de Apelación de Actos dictados en los Procesos de Selección” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 040-2012-MINAM Lima, 27 de febrero de 2012 Visto; el Memorando Nº 070-2012-OPP-SG/MINAM de 8 de febrero de 2012, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2010- MINAM, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente, modifi cado con Resolución Ministerial Nº 273-2011- MINAM de 22 de noviembre de 2011; Que, el Procedimiento 3 denominado: “Recurso de Apelación de actos dictados en los procesos de selección” del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente no especifi ca el tipo de silencio (positivo o negativo), apreciándose en el rubro “Califi cación” la frase “Procedimiento sujeto a denegatoria fi cta”; Que, el numeral 4 del artículo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en cuanto al contenido del Texto Único de Procedimientos Administrativos, y el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM que aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, establecen que tratándose de procedimientos de evaluación previa se debe precisar si el silencio administrativo aplicable es negativo o positivo; Que, con el objeto de implementar la Recomendación 5.3 del Informe Nº 054-2011-MINAM/OCI - Actividad de Control Nº 2-5683-2011-010 “Informe de verifi cación del cumplimiento de la normativa relacionada al TUPA y a la Ley del Silencio Administrativo, Período – Octubre 2011”, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del documento de visto, sugiere la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente; Que, la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General en su artículo 38° regula la aprobación y difusión de los TUPA de las entidades públicas, estableciendo en su numeral 38.5 que una vez aprobado toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, en el caso específi co de la propuesta de modifi cación planteada, ésta supone la precisión del tipo de silencio que corresponde al Procedimiento 3 “Recurso de Apelación de actos dictados en los procesos de selección” en benefi cio de los administrados, por lo que su aprobación debe formalizarse a través de Resolución Ministerial; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2010- MINAM, modifi cado con Resolución Ministerial Nº 273- 2011-MINAM, en el extremo referido a la “Califi cación” del Procedimiento 3 denominado: “Recurso de Apelación de Actos dictados en los Procesos de Selección”, precisándose con una “x” que corresponde a Silencio Administrativo Negativo (SAN). Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe); y, en el Portal Web del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 758080-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de Viceministra de Turismo para participar en la Feria Internationale Tourismus Boerse - ITB que se realizará en Alemania RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2012-MINCETUR/DM Lima, 9 de febrero de 2012