Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2012 (01/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2012

Reglamento establece, entre otros, que el manejo pesquero se realizara en funcion a la asignacion del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) y del Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE). Los PMCE tendran caracter de permanentes, salvo las modificaciones que establezca la administracion. Asimismo, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Resolucion Directoral publicara, MORDAZA del inicio de la temporada de pesca de cada ano, las relaciones de Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), las que seran tambien notificadas a los armadores o empresas pesqueras; Que, el literal b) del numeral 4.1.5 del articulo 4° del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, respecto de la Asociacion o Incorporacion definitiva del PMCE asignado a una embarcacion a otra u otras embarcaciones del mismo armador que cuenten con permiso de pesca vigente para el recurso merluza, el titular del permiso de pesca debera acreditar haber parqueado la embarcacion, presentar MORDAZA certificada vigente de la partida registral de la embarcacion emitida por los Registros Publicos correspondientes, asi como de existir acreedores con gravamen inscrito en la partida registral de la embarcacion, presentar la autorizacion de los acreedores con firma legalizada de los mismos; Que, asimismo el inciso 4) literal b) del numeral 4.1.5 del articulo 4° del precitado Reglamento, indica que la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de la Resolucion Directoral correspondiente, autorizara la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE sujeto a condicion expresa de que su vigencia esta condicionada a que el armador acredite, en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, que la embarcacion se encuentra en uno de los supuestos mencionados en el numeral 1), excepto en el caso de embarcacion siniestrada con perdida total; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion (TUPAPRODUCE), posteriormente mediante Decreto Supremo N° 003-2011-PRODUCE de fecha 7 de febrero de 2011, se incorpora al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de la Produccion, el procedimiento N° 134 denominado: "Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) del recurso Merluza a otra embarcacion". Asimismo, se aprueba el formulario denominado "Solicitud de asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) del recurso Merluza a otra embarcacion", que los administrados deben utilizar para el inicio y cumplimiento de los requisitos del procedimiento N° 134; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 367-2010PRODUCE publicada el 1 de enero de 2011, se establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2011, en el MORDAZA del cual se autoriza la actividad extractiva del mencionado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011, en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 06°00' Latitud Sur. Asimismo, se determina el Limite MORDAZA de Captura Total Permisible (LMCTP) en 40 mil toneladas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 4.1 del articulo 4° del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, mediante la Resolucion Directoral N° 007-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 04 de enero de 2011, se aprueban los listados de Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), mediante el cual, se consigna a las embarcaciones pesqueras PIQUERO de matricula CO-12598-CM, PIGUICHO de matricula CO-13003-CM y POSEIDON de matricula PT-1771-CM con Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) igual a 1.361806 %, 1.361806 % y 1.378130% respectivamente, los cuales forman parte integrante de la mencionada Resolucion Directoral, como anexos 1 y 2 respectivamente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 150-99PE/DNE del 6 de MORDAZA de 1999, se otorgo permiso de pesca a CORPORACION DE PESCA S.A., para operar las embarcaciones pesqueras PIQUERO de matricula CO-12598-CM y PIGUICHO de matricula CO-13003CM, MORDAZA de 83.42 m3 de capacidad de bodega para

la extraccion de los recursos hidrobiologicos merluza y langostino con destino al consumo humano directo, utilizando redes de arrastre de media agua y de fondo con longitudes minimas de abertura de malla en el copo de 110 mm . y 38 mm. en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas de la linea de costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 148-2008PRODUCE/DGEPP del 13 de marzo del 2008 se resuelve aprobar a favor de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., en calidad de asociante en el contrato de asociacion en participacion celebrado con la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. ­ EPRISAC, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante las Resoluciones Directorales Nº 150-99-PE/DNE, 007-2002-PRODUCE/DNEPP y 2512003-PRODUCE/DNEPP, para operar las embarcaciones pesqueras PIQUERO de matricula CO-12598-CM y PIGUICHO de matricula CO-13003-CM, MORDAZA de 83.42 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos merluza y langostino, utilizando red de arrastre de fondo y media agua con longitud minima de malla de 110 mm. en el copo y 38 mm respectivamente; y calamar gigante o pota utilizando artes y aparejos de pesca adecuados, con destino el consumo humano directo, en el ambito maritimo peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas de la linea de costa. Que, mediante Resolucion Directoral Nº 042-2000-PE/ DNE del 07 de marzo del 2000, se otorga la autorizacion de incremento de flota y el permiso de pesca otorgado a INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "POSEIDON" de matricula N° PT-1771-CM, de 84.42 m3 de volumen de bodega, con MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de arrastre de fondo con longitud minima de malla de 110 mm en el copo y de arrastre de media agua con longitud minima de malla de 76 mm en el copo, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos merluza, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas de la costa segun corresponda; Que, con los escrito del visto, la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A; solicita Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) del recurso merluza de las embarcaciones pesqueras PIQUERO de matricula CO-12598-CM y PIGUICHO de matricula CO-13003-CM a la embarcacion pesquera POSEIDON de matricula PT1771-CM alcanzando los requisitos establecidos en el procedimiento N° 134 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2011-PRODUCE; Que, de la verificacion en linea efectuada a la pagina web de la SUNARP, se advierte que las embarcaciones pesqueras PIQUERO y PIGUICHO de matriculas CO12598-CM y CO-13003-CM respectivamente, son de propiedad del BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS y que registran gravamenes (Hipotecas a favor de dicha entidad bancaria), asi como, cargas (Arrendamiento Financiero a favor de INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.); Que, asimismo, a fojas 62 y 63 del expediente, obran las Cartas de Aprobacion del Procedimiento de Incorporacion Definitiva de PMCE que le corresponde a las embarcaciones PIQUERO de matricula CO-12598-CM y PIGUICHO de matricula CO-13003-CM a favor de la embarcacion pesquera POSEIDON de matricula PT-1771CM, bajo la titularidad de INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. emitidas por el BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS­BIF de fecha 11 de MORDAZA de 2011, con firma legalizadas de sus representantes. Que, de la consulta en linea efectuada a la pagina web de la SUNARP, se advierte que la embarcacion pesquera POSEIDON de matricula PT-1771-CM, es de propiedad de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. y cuenta con un gravamen a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, el mismo que ha dado la conformidad para la ejecucion del presente procedimiento con fecha 22 de agosto de 2011, con firma legalizada de sus representantes. Que, a fojas 35 del expediente administrativo obra la MORDAZA N° 020-2011 de fecha 06 de MORDAZA de 2011 emitida por el Capitan del Puerto de Paita, en donde se certifica que la embarcacion pesquera PIQUERO de matricula CO-12598-CM, se encuentra varada en las

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