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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2012 461725 VISTOS: los Informes Nº 012-2012-ME-VGMI-OINFE- USOM-MANTENIMIENTO/LMBF y Nº 014-2012-ME- VGMI-OINFE-USOM-MANTENIMIENTO/LMBF, emitido por la Unidad de Supervisión de Obras y Mantenimiento de la Ofi cina de Infraestructura Educativa; y, CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera con el objeto de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, aprobándose para ello un crédito suplementario hasta por la suma de S/. 129 296 209,00 (Ciento veintinueve millones doscientos noventa y seis mil doscientos nueve y 00/100 Nuevos Soles) destinado a gastos de mantenimiento de las instituciones educativas públicas a nivel nacional, que garanticen condiciones mínimas de salubridad y seguridad a cargo del Ministerio de Educación; estableciéndose que dichos recursos debían transferirse de manera directa, a cada director de institución educativa pública, bajo la modalidad de subvenciones, hasta el mes de noviembre de 2011; Que, mediante el artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 059-2011, se establece un nuevo plazo para la transferencia de recursos destinados al mantenimiento de instituciones educativas públicas, el cual culminó el 31 de diciembre de 2011; Que, con Resolución Ministerial Nº 0563-2011-ED, el Ministerio de Educación aprobó la Directiva Nº 047-2011- ME/VMGI “Normas para la ejecución del Mantenimiento de los locales de las Instituciones Educativas Públicas a nivel nacional – 2011”, con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los Decretos de Urgencia Nº 058-2011 y 059-2011; al respecto, el numeral 10.4 del artículo 10 establece, entre otros, que el Director de la Institución Educativa, deberá disponer del monto asignado a la Institución Educativa que dirige, a través del Banco de la Nación conforme a la relación aprobada por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0581-2011- ED fue aprobada la relación de Instituciones Educativas Públicas a nivel nacional benefi ciaria de los recursos para el mantenimiento de su infraestructura, en la cual señala el monto a ser asignado a cada una de ellas; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 0601- 2011-ED, 0639-2011-ED, 0641-2011-ED y 0646-2011- ED fueron aprobados el primer, segundo, tercer y cuarto listado, respectivamente, de los Directores encargados del manejo de las cuentas destinadas a fi nanciar los gastos de mantenimiento de los locales de las Instituciones Educativas Públicas - 2011; Que, con Informes Nº 012-2012-ME-VGMI-OINFE- USOM- MANTENIMIENTO/LMBF y Nº 014-2012- ME-VGMI-OINFE-USOM- MANTENIMIENTO/LMBF, la Ofi cina de Infraestructura Educativa recomendó la modifi cación de los listados que aprobaron las Resoluciones Ministeriales antes citados, a fi n de cumplir con los procedimientos establecidos en la asignación de los directores responsables de la mencionada subvención; Que, en tal sentido resulta necesario modifi car los anexos de las Resoluciones Ministeriales Nº 0601-2011- ED, 0639-2011-ED, 0641-2011-ED, 0646-2011-ED en la relación de responsables remitida por las DRE y/o UGEL a través del aplicativo web y de esta manera cumplir con lo dispuesto en la Directiva Nº 047-2011-ME/VMGI; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car los Anexos de las Resoluciones Ministeriales Nº 0601-2011-ED, 0639-2011-ED, 0641- 2011-ED y 0646-2011-ED, de acuerdo a los Anexos Nº 1, 2, 3 y 4, respectivamente, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones publique la presente Resolución y sus anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe/normatividad/), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, sin perjuicio de las demás acciones para su difusión, las que serán promovidas por la Ofi cina de Infraestructura Educativa. Artículo 3º.- Comunicar la presente Resolución a la Ofi cina de Infraestructura Educativa - OINFE, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 757965-1 Disponen que la Oficina de Prensa y Comunicaciones efectúe la prepublicación del Anteproyecto de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0079-2012-ED Lima, 28 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como en la Directiva Núm. 003-2008-PCM-SGP “Lineamientos para la elaboración de la matriz de competencias y funciones y de los anteproyectos de Ley de organización y funciones de los ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 188-2008-PCM, el Ministerio de Educación ha elaborado el Anteproyecto de su Ley de Organización y Funciones; Que, resulta necesario disponer la pre publicación del referido Anteproyecto en el Portal Institucional del Ministerio de Educación, por un plazo de quince (15) días calendario, a fi n de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas e instituciones privadas, así como de la ciudadanía en general; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la Oficina de Prensa y Comunicaciones efectúe la prepublicación del Anteproyecto de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación en el Portal Institucional del Ministerio de Educación, en la dirección electrónica: http://www.minedu.gob.pe/normatividad/, con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas e instituciones privadas, así como de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación del Ministerio de Educación, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 757965-2