Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2012 (04/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de marzo de 2012

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, del distrito de Huando, de la provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO Nº 020-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 084-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de noviembre de 2011, se declaro el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en la MORDAZA afectada por deslizamientos de tierras en la quebrada Misqui Yacu como consecuencia de las lluvias producidas en el mes de marzo de 2011; Que, por Decreto Supremo N° 006-2012-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 5 de enero de 2012, se prorrogo el Estado de Emergencia en la circunscripcion territorial MORDAZA mencionada, hasta el 5 de marzo de 2012; Que, con el Oficio N° 086-2012/GOB.REG.HVCA/PR, de fecha 22 de febrero de 2012, el Gobierno Regional de Huancavelica, solicita se amplie la declaratoria del Estado de Emergencia por riesgo muy alto por peligro inminente de deslizamiento de tierras hacia el Centro Poblado de Cachi Baja, adjuntando el Informe Ampliatorio de Estimacion del Riesgo del Centro Poblado Cachi Baja, distrito de Huando, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica - Febrero 2012; Que, mediante Informe Tecnico N° 003-2012INDECI/10.2 de fecha 27 de febrero de 2012, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, se pronuncia teniendo en consideracion lo informado por el Gobierno Regional de Huancavelica, senalando que persisten las condiciones de Peligro Inminente, por el fenomeno de deslizamiento de tierras en el Centro Poblado de Cachi Baja declarado en Estado de Emergencia, los cuales se originaron por la falta de tratamiento del encauzamiento del drenaje pluvial (desde la construccion de la carretera Huancavelica - Huancayo) y, que durante varios anos vienen erosionando las rocas y terreno compuesto de lava volcanica y arcilla donde se asienta la poblacion urbana; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo N° 084-2011-PCM y prorrogado por el Decreto Supremo N° 006-2012-PCM, y subsistiendo las condiciones de emergencia en la MORDAZA, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia, con el fin de continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente, a la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas, en cuanto corresponda; Que, el articulo 69 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 6 de marzo de 2012, el Estado

de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica, para continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en la MORDAZA afectada. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, en coordinacion con la Municipalidad Provincial de Huancavelica, la Municipalidad Distrital de Huando, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demas instituciones y organismos del Estado dentro de su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas necesarias destinadas a la reduccion del alto riesgo existente, a la atencion de la emergencia y a la rehabilitacion de la MORDAZA afectada. Las entidades privadas involucradas prestaran su colaboracion y actuaran en aquello que les corresponda. Dichas acciones, de acuerdo con el sustento tecnico, comprenden entre otras, la instalacion de energia electrica provisional, instalacion de aulas prefabricadas para alumnos de inicial y primaria, equipamiento de medicamentos y atencion a la poblacion por frio, traslado de material de grava seleccionado para instalacion en cada modulo de vivienda, la construccion de muros de proteccion para proteger el deslizamiento de tierras en la parte superior (borde de la carretera) de dicha localidad, a fin de estabilizar el deslizamiento de masas de terreno; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de marzo del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 759548-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Defensa
RESOLUCION SUPREMA Nº 058-2012-PCM MORDAZA, 3 de marzo de 2012 VISTA: La invitacion que, con fecha 17 de febrero de 2012, la Viceministra de Asuntos Multilaterales, Encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, extendio al Ministro de Relaciones Exteriores del Peru, senor MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA, para realizar una Visita

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