Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2012 (04/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

461997

Oficial a la Republica de Colombia, el dia 6 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, el Peru concede particular importancia a la relacion bilateral con la Republica de Colombia y a su fortalecimiento a traves de la revision de los temas prioritarios de la agenda comun; Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA, realizara una Visita Oficial a la Republica de Colombia, el 6 de marzo de 2012, contexto en el cual sostendra una serie de reuniones de trabajo con altas autoridades de dicho pais; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAB) Nº 336, del Despacho Ministerial, de 28 de febrero de 2012, y el Memorandum (OPR) Nº OPR0125/2012, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 29 de febrero de 2012, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senor MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, el 6 de marzo de 2012, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conduccion de Lineas de Politica Institucional, debiendo presentar la rendicion de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Viaticos Numero Total Clase por dia de dias viaticos Nombres y Apellidos Economica US$ USS US$ MORDAZA MORDAZA Roncagliolo 809.00 200.00 1+1 400.00 MORDAZA

DEFENSA
Modifican Unica Disposicion Final del Reglamento de la Ley N° 28830, Ley que reconoce al Centro de Altos Estudios Nacionales como Centro Academico de Nivel Post Grado
DECRETO SUPREMO N° 001-2012-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28830 se reconoce al Centro de Altos Estudios Nacionales ­ CAEN, como institucion de perfeccionamiento a nivel de postgrado academico, facultandolo para organizar y desarrollar programas de Maestria y Doctorado, con mencion en Desarrollo, Seguridad y Defensa Nacional, confiriendo los MORDAZA academicos respectivos, debiendo sujetarse para los efectos a las disposiciones establecidas en la Ley Universitaria, Ley N° 23733; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2008-DE se aprueba el Reglamento de la citada MORDAZA, senalando en el articulo 2 que el CAEN fijara su estructura organica en su Estatuto y precisa en su Unica Disposicion Final que el Consejo Academico elaborara y aprobara el Estatuto de dicha MORDAZA de estudios, el mismo que normara su organizacion, funciones y procedimientos, en concordancia con las disposiciones emitidas por la Asamblea Nacional de Rectores para las Escuelas de Postgrado; Que, el inciso h) del articulo 34 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-DE, establece que la Direccion General de Educacion y Doctrina se encarga de orientar y supervisar las actividades academicas del Centro de Altos Estudios Nacionales, de acuerdo a las politicas y objetivos del Sector Defensa; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 664-2009 DE/SG de fecha 10 de MORDAZA de 2009, se aprobo la Directiva General N° 20-2009-MINDEF-SG-VPD/DIGEDOC, la misma que considero al CAEN como un Instituto Superior de Postgrado, dentro del Sistema Educativo del Sector Defensa; Que, la referida Directiva determina que las Instituciones de Educacion Superior de Pre y Postgrado, tienen en su estructura organizacional al Consejo Superior como MORDAZA organo academico y administrativo; Que, para cumplir el mandato de la Ley N° 28830, su Reglamento asi como lo establecido en la Directiva General N° 20-2009-MINDEF-SG-VPD/DIGEDOC, se hace necesario modificar el precitado Reglamento, a efectos que el CAEN pueda contar con una estructura organizacional legalmente constituida; Que, encontrandose el MORDAZA de Adecuacion del Centro de Altos Estudios Nacionales a Escuela de Postgrado CAEN en su etapa final, de acuerdo a la Ley Universitaria N° 23733 y a la Ley N° 28830, se requiere dotar al CAEN de la estructura organizacional necesaria para la consecucion de sus labores, la misma que debe ser establecida en su estatuto; Que, corresponde al Ministerio de Defensa tomar las acciones que le permitan al CAEN, como integrante del Sistema Educativo del Sector Defensa, poder desarrollar sus actividades; en ese sentido, resulta pertinente modificar la Unica Disposicion Final del Reglamento de la Ley N° 28830; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8° del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; DECRETA: Articulo 1°.- Modificacion de la Unica Disposicion Final. Modifiquese la Unica Disposicion Final del Reglamento de la Ley N° 28830, Ley que reconoce al Centro de Altos

Articulo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al senor MORDAZA Otarola Penaranda, Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 759548-8

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