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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2012 (04/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de marzo de 2012 461998 Estudios Nacionales como Centro Académico de Nivel Post Grado, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2008- DE, la que queda redactada conforme al texto siguiente: “DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- El Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN aprobará su Estatuto en un plazo no mayor de 15 días de publicada la presente norma, que será ofi cializado mediante Resolución Ministerial del Sector Defensa” Artículo 2°.- Miembros del Consejo Superior del CAEN. Los miembros del Consejo Superior serán designados mediante Resolución Ministerial del sector Defensa. Artículo 3°.- Dispositivos Complementarios. Autorícese al Ministro de Defensa a emitir los dispositivos necesarios para la continuidad y desarrollo de las actividades que permitan al CAEN continuar con las funciones asignadas. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo del año dos mil doce OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 759548-5 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social DECRETO SUPREMO N° 036-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 399-2004- PCM se creó el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), con el propósito de proveer a los programas sociales de información que fuera utilizada para la identifi cación y selección de sus benefi ciarios, así como facilitar a la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales- CIAS la ejecución, seguimiento y evaluación del cumplimiento de la política social; Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2011, señalaba que el SISFOH tiene por fi nalidad administrar una base de datos socioeconómica única (Padrón General de Hogares) que permita priorizar la atención de los hogares y personas en situación de pobreza y pobreza extrema; Que, de acuerdo a la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, todas las acciones vinculadas al SISFOH son asumidas por la entidad pública que tuviera a su cargo dicho sistema, lo que incluye la remisión de información y todo contenido registrado en el mismo, que se requiera en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 001-2012, que dicta medidas extraordinarias para la ejecución de programas sociales, dispone la transferencia del SISFOH al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que comprende tanto la bases de datos socioeconómica única (Padrón General de Hogares), como los aplicativos informáticos y el acervo documentario correspondiente; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 001- 2012, establece que los recursos que se requirieran para la ejecución de las actividades a cargo del SISFOH, se transferirán al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en el marco de lo establecido en la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y conforme lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de acuerdo a la normativa citada, es necesario aprobar la transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para la ejecución de actividades del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), en el marco de lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 001-2012; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto de Urgencia N° 001-2012; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de TRECE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 751 223,00), para la ejecución de las actividades del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 13 751 223,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 751 223,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central - MIDIS ACTIVIDAD 5.002357 : Gestión del Desarrollo Social FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 12 911 223,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 840 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 751 223,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23