Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2012 (05/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de marzo de 2012

detallada de la informacion que califica como informacion privilegiada y debera incluir como minimo la identidad de las personas que tuvieron acceso a dicha informacion, en que fecha y bajo que modalidad tuvieron acceso a esta, adjuntando la documentacion sustentatoria correspondiente, de ser el caso.

TITULO III MANIPULACION DE MORDAZA
Articulo 11°.- DEFINICIONES Para la aplicacion del presente Titulo, los vocablos que a continuacion se senalan, tienen el siguiente alcance: 11.1. Margen de mercado.- Es la MORDAZA fluctuacion diaria de los precios propuestos de un valor fijada por el Directorio de la BVL previa opinion de la Direccion de Mercados de dicha institucion. Para establecer los limites diarios en funcion al margen de MORDAZA vigente se considerara el precio de referencia. 11.2. Precio de referencia.- Es la MORDAZA cotizacion o propuesta, la que sea mejor; y es el precio sobre la base del cual se determina el margen de MORDAZA que estara vigente en la siguiente sesion de Rueda. 11.3. Propuesta a precios que mejoran mercado.Una propuesta de compra se formula a un precio que mejora MORDAZA si es que el precio de dicha propuesta es superior a la MORDAZA cotizacion vigente o, de ser el caso, superior al precio de la mejor propuesta de compra hasta ese momento disponible en el mercado. Una propuesta de venta se formula a un precio que mejora MORDAZA si es que el precio de dicha propuesta es inferior a la MORDAZA cotizacion vigente o, de ser el caso, inferior al precio de la mejor propuesta de venta hasta ese momento disponible en el mercado. En ambos casos las propuestas deben ser efectuadas por una cantidad de valores o un monto igual o superior al minimo requerido para establecer cotizacion, segun los reglamentos correspondientes. 11.4. Transacciones ficticias.- Segun lo senalado en el articulo 12° de la Ley de MORDAZA de Valores. 11.5 MORDAZA cotizacion vigente.- Durante una sesion de negociacion es el precio de la MORDAZA operacion al contado realizada por una cantidad de valores o un monto igual o superior al minimo establecido, segun los reglamentos correspondientes. En adelante, los terminos MORDAZA mencionados podran emplearse en forma singular o plural sin que ello implique un cambio en su significado. Articulo 12°.- MANIPULACION DE MORDAZA Se encuentra prohibido proporcionar, directa o indirectamente, senales falsas o enganosas respecto de la oferta o demanda de un valor o instrumento financiero mediante transacciones, propuestas, transacciones ficticias o difusion de informacion falsa o enganosa; que incrementen, reduzcan o mantengan su precio, o incrementen o reduzcan su liquidez. En ese MORDAZA, la realizacion de una o mas de las siguientes practicas podra configurar manipulacion de mercado: 12.1. Incrementar, reducir o fijar la cotizacion de cierre de un valor durante los ultimos treinta (30) minutos de la Fase de Negociacion o durante la Fase de Subasta de Cierre en MORDAZA, mediante la instruccion de ordenes de compra o venta de dicho valor de forma individual o conjunta, que lleven al ingreso de propuestas a precios que mejoran MORDAZA o a la realizacion de transacciones. 12.2. Incrementar, reducir o mantener el precio, volumen o liquidez de un valor o evitar que la cotizacion del valor pierda vigencia, mediante la realizacion de transacciones de manera concertada. 12.3. Incrementar, reducir o mantener el precio, volumen o liquidez de un valor o evitar que la cotizacion del valor pierda vigencia mediante la realizacion de transacciones entre dos o mas personas que hubiesen ingresado propuestas al mismo precio o aproximadamente al mismo precio, al mismo tiempo o aproximadamente al mismo tiempo y por la misma cantidad o aproximadamente por la misma cantidad. 12.4. Incrementar, reducir o mantener la cotizacion de un valor o establecer un MORDAZA precio de referencia para la siguiente sesion mediante la instruccion de ordenes de compra o venta de un valor de forma individual o conjunta, que generen el ingreso de propuestas de compra o venta

a precios sucesivamente superiores o inferiores a la MORDAZA cotizacion vigente o al precio de la mejor propuesta de compra o venta disponible para dicho valor. 12.5. Instruir ordenes de compra o venta de un valor de manera individual o conjunta, por una cantidad significativa respecto del que en promedio se negocia con dicho valor, que lleven al ingreso de propuestas que son canceladas en un tiempo lo suficientemente corto para que no MORDAZA ejecutadas. 12.6. Incrementar el precio o reducir la tasa de corte en el MORDAZA de una colocacion primaria o de oferta publica de venta realizadas a traves de una subasta holandesa, mediante la instruccion de ordenes de compra de un valor que generen el ingreso de una o mas propuestas de compra, por parte de personas que actuen en concierto con el emisor, con el vendedor de valores o con el colocador, o por parte del colocador directamente. 12.7. Diseminar informacion falsa o enganosa en el MORDAZA, referida al emisor, al valor, al sector o al MORDAZA en general, a traves de los medios de comunicacion, incluyendo internet o cualquier otro medio, afectando el precio de dicho valor de forma favorable a su tenencia o a la de las personas con quienes actue concertadamente, o con el objetivo de efectuar o de que las personas con quienes actue concertadamente efectuen una transaccion con dicho valor. 12.8. Elaborar y difundir directa o indirectamente, o difundir al publico en general o a un segmento de este, de manera reiterada, opiniones o recomendaciones de inversion afectando el precio de dicho valor de forma favorable a su tenencia o a la de las personas con quienes actue concertadamente, o con el objetivo de efectuar o de que las personas con quienes actue concertadamente efectuen una transaccion con dicho valor. En caso se MORDAZA realizado, respecto de un mismo valor, una o mas de las practicas enunciadas en los numerales 12.1 al 12.5, la SMV investigara y sancionara la manipulacion de MORDAZA si es que dichas practicas involucran la realizacion de cinco o mas propuestas y/o transacciones y/o transacciones ficticias durante el periodo investigado. La lista que se detalla precedentemente es enunciativa y no limitativa. La SMV investigara y sancionara la manipulacion de MORDAZA efectuada a traves de otras practicas, ademas de aquellas enunciadas en los numerales 12.1 al 12.8 del presente articulo, asi como los demas actos contrarios a la transparencia del MORDAZA contenidos en el articulo 12° de la Ley del MORDAZA de Valores. La realizacion de las practicas contrarias a la transparencia e integridad del MORDAZA seran sancionadas por la SMV conforme a los tipos infractorios previstos en los numerales 1.5 al 1.8 del Anexo I del Reglamento de Sanciones aprobado por la SMV.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera: Las politicas y procedimientos a que se refieren los numerales 7.1, 7.2 y 7.3 del articulo 7°, el numeral 8.1 del articulo 8°, el numeral 9.1 del articulo 9° y el numeral 10.1 del articulo 10° del presente Reglamento deberan elaborarse teniendo en cuenta los lineamientos que la SMV determine mediante Resolucion de Superintendente. En dicha Resolucion se establecera la oportunidad de MORDAZA a la SMV de tales politicas y procedimientos Segunda.- Durante la etapa de indagaciones preliminares que conduzca la SMV, y de ser el caso durante el procedimiento sancionador, el denunciante podra contribuir a esclarecer los hechos materia de investigacion, sin que esto implique que el mismo sea considerado como parte en el procedimiento que se inicie con motivo de la denuncia. La SMV evaluara la pertinencia de los elementos o medios probatorios presentados. Articulo 2°.- La presente resolucion entrara en vigencia el 01 de MORDAZA de 2012. Articulo 3°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores

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