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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de marzo de 2012 462038 cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al Teniente Coronel de los Estados Unidos de América, Elliot Harris, del 06 al 09 de marzo de 2012, para participar en las reuniones de coordinación con autoridades civiles y militares del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 759550-1 PRODUCE Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016 del Sector Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 107-2012-PRODUCE Lima, 1 de marzo de 2012 VISTOS: El Memorando Nº 369-2012-PRODUCE/ OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 056-2012-PRODUCE/OGPP-Opir de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización, y, el Informe ʋ 018-2011-PRODUCE/OGAJ-sbarreto de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que, son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley precitada, dispone que los Ministros de Estado poseen, entre otras funciones, la de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; así como aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 020-2011- PRODUCE del 20 de enero de 2011, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) y el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2011-2015 del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 28, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, prevé que la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección en la formulación y evaluación de la política sectorial, que formula y evalúa los planes estratégicos sectoriales, planes estratégicos institucionales, planes operativos institucionales y presupuestos institucionales, y, que tiene entre otras funciones, la de dirigir la formulación, evaluación y/o actualización del Plan Estratégico Sectorial, del Plan Estratégico Institucional y del Plan Operativo Institucional, en el marco de las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Memorando Nº 0369-2012-PRODUCE/ OGPP del 20 de febrero de 2012, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto adjunta el Informe Nº 056-2012/ OGPP-Opir de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización, en el que dicha Unidad Orgánica señala que se ha formulado la versión fi nal del PESEM 2012- 2016, debidamente validada por los representantes de los Despachos Viceministeriales y de los Organismos Públicos adscritos al Sector, el cual adecua su contenido a la nueva política sectorial de la presente gestión de gobierno y contempla la articulación a los lineamientos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (Plan Bicentenario) vigente; Con la visación del Despacho Viceministerial de Pesquería, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto y Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016 del Sector Producción, que en Anexos adjuntos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2011-2015 que fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 020-2011-PRODUCE del 20 de enero de 2011. Artículo 3º.- Disponer que el Ministerio de la Producción y sus Organismos Públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación que corresponda en sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Producción la supervisión de dicha adecuación y de la respectiva implementación de los referidos planes, incluyendo las evaluaciones o actualizaciones que correspondan, así como la propuesta de los instrumentos o disposiciones que sean necesarias para tal fi n, en el marco de las disposiciones y normativa del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y de sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción: (www.produce.gob.pe/produce/transparencia. html). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 759384-4