Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2012 (08/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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CRITERIO 3: La proteccion de los recursos naturales, especialmente las aguas, los bosques y el suelo, la MORDAZA y fauna. CRITERIO 4: La proteccion de las areas naturales protegidas. CRITERIO 5: Proteccion de la diversidad biologica y sus componentes: ecosistemas, especies y genes; asi como los bienes y servicios ambientales y bellezas escenicas, areas que son centros de origen y diversificacion genetica por su importancia para la MORDAZA natural. CRITERIO 6: La proteccion de los sistemas y estilos de MORDAZA de las comunidades campesinas, nativas y pueblos indigenas. CRITERIO 7: La proteccion de los espacios urbanos; CRITERIO 8: La proteccion del patrimonio arqueologico, historico, arquitectonico y monumentos nacionales, y;

CRITERIOS PARA DETERMINAR EL INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL: · Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS IDENTIFICADOS COMO "ALTO" SE REQUIERE UN EIA-d4 · Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS IDENTIFICADOS COMO "MEDIO" SE REQUIERE EIA-sd · Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS IDENTIFICADOS COMO BAJO SE REQUIERE DIA

POR LO TANTO AL PROYECTO DE INVERSION PUBLICA LE CORRESPONDE (marcar con X):
INSTRUMENTO DE EIA-DETALLADO EIA-SEMIDETALLADOS GESTION AMBIENTAL (EIA-d)5 (EIA-sd)6 QUE CORRESPONDE ELABORAR: DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA)7

FECHA: ANEXO 03

NOMBRE y FIRMA:

DIAGRAMA DE FLUJO SOBRE LA CONCORDANCIA SEIA - SNIP

4 5 6 7

En el caso de tener un total igual a 3 "alto", 3 "medio" y 2 "bajo" se debe considerar como ALTO. Contenido minimo en el Anexo IV del Reglamento de la Ley del SEIA. Contenido minimo en el Anexo III del Reglamento de la Ley del SEIA. Contenido minimo en el Anexo VI del Reglamento de la Ley del SEIA.

761216-1

Designan representantes del Ministerio ante el Directorio Administrador del Fondo de las Americas y del Fondo para la Conservacion de Bosques Tropicales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 053-2012-MINAM MORDAZA, 7 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 087-97-EF, publicado el 30 de junio de 1997, se aprobo el Acuerdo

MORDAZA entre el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Peru, con la finalidad de unir esfuerzos para promover actividades que vinculen la preservacion, proteccion y manejo adecuado de los recursos naturales y biologicos con el desarrollo comunal, asi como el mejoramiento de las condiciones de MORDAZA y de desarrollo de la ninez en el Peru; estableciendose el Fondo de las Americas y el Directorio Administrador; Que, por Decreto Supremo Nº 110-2008-EF, publicado el 11 de setiembre de 2008, se modifico el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 087-97-EF, disponiendose que el Directorio Administrador sera responsable del manejo y administracion de los recursos del Fondo de las Americas y del Fondo para la Conservacion de Bosques Tropicales, en los terminos establecidos en los respectivos acuerdos marcos; que estara compuesto, entre otros, por un

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