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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de marzo de 2012 462184 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Licenciado en Administración Aquiles Enrique Muñante Manrique, Ejecutivo Adjunto, Nivel F4, de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Unidad Ejecutora 001- Administración Central del Ministerio de Salud, al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 761115-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Corporación Star Servicios Vida del Sur Andino Sociedad Anónima Cerrada - Corporación Sevisa Star S.A.C. para funcionar como escuela de conductores integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 736-2012-MTC/15 Lima, 21 de febrero de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios N° 153978 y 007840 presentados por la empresa denominada CORPORACION STAR SERVICIOS VIDA DEL SUR ANDINO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - COORPORACION SEVISA STAR S.A.C. y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario N° 153978 de fecha 29 de diciembre de 2011, la empresa denominada CORPORACION STAR SERVICIOS VIDA DEL SUR ANDINO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA- COORPORACION SEVISA STAR S.A.C. con R.U.C. N° 20448308686 en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la ciudad de Puno; con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II- c; asimismo señala que también brindará el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categoría II y III; Que, mediante Ofi cio N° 135-2012-MTC/15.03 de fecha 06 de enero de 2012, notifi cado en la misma fecha, se comunicó a La Empresa las observaciones encontradas en su solicitud y se le concede un plazo de diez (10) días hábiles para subsanarlas; Que, mediante Parte Diario 007840 de fecha 18 de enero del 2012, La Empresa presenta diversa documentación en respuesta al ofi cio indicado en el considerando que antecede; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe N° 002-2012-MTC/15.heag de fecha 20 de febrero de 2012, se remite el Acta de Inspección Ocular de la cual se advierte que la inspección fue realizada en los locales propuestos por La Empresa donde el inspector concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43° del Decreto Supremo 040-2008-MTC y sus modifi catorias; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 107-2012- MTC/15.03.EC.rgy, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a La Empresa denominada CORPORACION STAR SERVICIOS VIDA DEL SUR ANDINO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA- COORPORACION SEVISA STAR S.A.C.; para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categoría II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela: CORPORACION STAR SERVICIOS VIDA DEL SUR ANDINO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - COORPORACION SEVISA STAR S.A.C. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA, TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA - ÁREA DE RECEPCIÓN E INFORMACIÓN Jr. Sucre N° 1058-A, del Barrio Túpac Amaru, distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno Aulas para la enseñanza teórica Área del aula Cantidad de alumnos que recibirán capacitación Aula 1 17.10 m2 21 (*) Aula 2 17.05 m2 22 (*) Aula 3 16.80 m2 20 (*) Aula 4 11.35 m2 15 (*) * La cantidad de alumnos se indica, considerando la capacidad y el mobiliario, verifi cado en la inspección ocular realizada. CIRCUITO DE MANEJO INMUEBLE DENOMINADO CHANCARANIPATA UBICADO EN LA Comunidad de Canchi Chico, Sector Challuani, distrito de Caracoto, provincia de San Román y Región Puno Plazo de Autorización: Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano.