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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de marzo de 2012 462179 Vistas las solicitudes de conmutación de la pena presentadas por internas de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de las internas solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 26º de la Resolución Ministerial Nº 162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 008- 2010-JUS norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, la Resolución Ministerial Nº 162-2010-JUS, Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales y los incisos 8) y 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a las internas sentenciadas de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS 1. SAJAMI LOZANO, ISABEL, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 30 de octubre de 2013. 2. ROMERO CARREÑO, CARMEN ROSA, conmutarle de 13 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de junio de 2014. 3. NACARINO BARABINO, LIZBETH LESLY, conmutarle de 06 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 11 de julio de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE SULLANA 4. TESEN MIO, MARINA CRISTELA, conmutarle de 04 años a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 22 de mayo de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PUCALLPA 5. MONTENEGRO GARCIA, WILMA, conmutarle de 10 años a 06 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 18 de julio de 2014. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 761221-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2012-JUS Lima, 7 de marzo de 2012 Vistas las solicitudes de conmutación de la pena, presentadas por internas extranjeras del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de las internas solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 26º de la Resolución Ministerial Nº 162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; Que, las solicitantes extranjeras han sido condenadas a pena privativa de libertad por las instancias judiciales, siendo su situación migratoria actual iregular, por lo que corresponde su expulsión del territorio nacional de conformidad con lo dispuesto por los artículos 60º y 64º numeral 2) y el artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 703, Ley de Extranjería; Que, mediante documento ofi cial enviado por las embajadas correspondientes, se garantiza la salida del Perú de las solicitantes a sus países de origen; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 008- 2010-JUS norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, la Resolución Ministerial Nº 162-2010- JUS, que aprueba el Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales y los incisos 8) y 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a las internas extranjeras sentenciadas quienes se encuentran recluidas en el Establecimiento Penitenciario de Chorrillos: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS 1. MORALES AGAO, ROWENA, conmutarle de 6 años 8 meses a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 2 de agosto de 2012. 2. MENDEZ PEREZ, NIRCI MAIRENDIS, conmutarle de 6 años 8 meses a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de enero de 2013. 3. VEGA RODRIGUEZ, ANGUSTIAS, conmutarle de 6 años 8 meses a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 17 de enero de 2013. 4. MONTESINOS DURBAN, ROSA MARIA, conmutarle de 5 años 10 meses a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 22 de febrero de 2013. Artículo Segundo.- Expulsar del territorio nacional a las internas extranjeras comprendidas en la presente Resolución, quedando impedidas de ingresar nuevamente al país. Artículo Tercero.- Otorgar el plazo improrrogable de treinta (30) días contados a partir del momento en que las solicitantes recuperen su libertad, para que cumplan con abandonar el territorio nacional, en cumplimiento de la normativa de la materia. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 761221-3 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2012-RE Lima, 7 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales,