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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2012 (10/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de marzo de 2012 462329 Visto los Expedientes, con Registros de Mesa de Partes General Nºs. 00270 y 00322-FCM-12 de la Facultad de Ciencias Matemáticas, sobre rectifi cación de Resolución de Decanato. CONSIDERANDO: Que con Resolución Rectoral Nº 00917-R-12 del 22 de febrero del 2012, se ratifi có la Resolución de Decanato Nº 0057/FCM-D/12 del 09 de febrero del 2012 de la Facultad de Ciencias Matemáticas, que autorizó el viaje en Comisión de Servicios, del 15 al 30 de marzo del 2012, a don ALFONSO PÉREZ SALVATIERRA, con código Nº 053244, Decano de la citada Facultad, para participar en la Misión Italia – Alemania organizada por la Alianza Estratégica; otorgándole las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que en ella se indica, con cargo a los recursos directamente recaudados por la mencionada Facultad; Que en la Resolución de Decanato Nº 0057/FCM-D/12, la Facultad de Ciencias Matemáticas consignó por error el monto del rubro “Pasajes Aéreos” para la referida Comisión, como: US$ 1,600, debiendo decir: US$ 1,681.75; por lo que se efectúa la rectifi cación correspondiente; acción que se explica en la Resolución de Decanato Nº 0080/FCM- D/12 del 23 de febrero del 2012; Que con Resolución de Decanato Nº 0094/FCM-D/12 de fecha 29 de febrero del 2012, la Facultad de Ciencias Matemáticas resuelve encargar el Decanato de la citada Facultad a don SAÚL VÍCTOR ROJAS CAUTI, Docente Permanente Asociado a T.C. 40 horas, con código Nº 060674, por el período del 15 al 30 de marzo del 2012; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1º Ratificar, en vía de regularización, las Resoluciones de Decanato Nºs. 0080 y 0094/FCM-D/12 de fechas 23 y 29 de febrero del 2012, respectivamente, de la Facultad de Ciencias Matemáticas, en el sentido que se indica: 1. Rectifi car la Resolución de Decanato Nº 0057/ FCM-D/12 del 09 de febrero del 2012, en lo concerniente al monto del rubro “Pasajes Aéreos” de la asignación económica que se otorgó a don ALFONSO PÉREZ SALVATIERRA, con código Nº 053244, Decano de la referida Facultad, quien participará en la Misión Italia – Alemania organizada por la Alianza Estratégica, como se indica: DICE : Pasajes Aéreos US$ 1,600.00 DEBE DECIR : Pasajes Aéreos US$ 1,681.75 Quedando vigente todo lo demás que ella contiene. 2. Encargar el Decanato de la Facultad de Ciencias Matemáticas a don SAÚL VÍCTOR ROJAS CAUTI, Docente Permanente Asociado a T.C. 40 horas, con código Nº 060674, por el período del 15 al 30 de marzo del 2012 y mientras dure la ausencia del Titular. 2º Rectifi car la Resolución Rectoral Nº 00917-R-12 del 22 de febrero del 2012, en los términos que se indica en el primer resolutivo de la presente Resolución; quedando vigente todo lo demás que ella contiene. 2º Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Ciencias Matemáticas asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Dirección General de Administración, a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ciencias Matemáticas, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA Rector 760943-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Aprueban Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN Nº 0123-2012-JNE Lima, cinco de marzo de dos mil doce CONSIDERANDOS El artículo 178 de la Constitución Política del Perú establece como competencias del Jurado Nacional de Elecciones el mantener y custodiar el Registro de Organizaciones Políticas así como velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. El artículo 5 de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, Ley Nº 26486, le atribuye la función de dictar la reglamentación necesaria para su adecuado funcionamiento y ejercicio de sus competencias. A través de la inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, los partidos políticos, movimientos regionales y organizaciones políticas locales adquieren personería jurídica y el derecho de presentar candidatos a cargos de elección popular, según lo previsto en la Ley de Partidos Políticos –Ley Nº 28094, en concordancia con la Ley Orgánica de Elecciones – Ley Nº 26859, Ley de Elecciones Regionales – Ley Nº 27683 y Ley de Elecciones Municipales – Ley Nº 26864. La actividad registral antes señalada, a cargo de la Dirección del Registro de Organizaciones Políticas, debe ser regulada por este Colegiado, con disposiciones actualizadas que vayan a la par con las modifi caciones legales y los avances tecnológicos, normando la implementación de mejoras en el procedimiento de inscripción de organizaciones políticas así como de las modifi caciones registrales posteriores a dicho acto, hasta la cancelación de su inscripción; garantizando con ello el cumplimiento de los principios registrales, equidad en el trato a las organizaciones políticas y predictibilidad en los pronunciamientos, lo que redunda en un mejor servicio a la ciudadanía. Por consiguiente, corresponde aprobar el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, dejando sin efecto el anterior, aprobado por Resolución Nº 120-2008- JNE. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones. RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, cuyo texto es el siguiente: REGLAMENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS TÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículo I.- Objetivo Regular los procedimientos del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, Reglamento). Artículo II.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicación para las organizaciones políticas (partidos políticos, movimientos regionales, organizaciones políticas locales, alianzas electorales y fusiones). Artículo III.- Base Normativa 3.1. Constitución Política del Perú. 3.2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. 3.3. Ley Nº 28094, Ley de Partidos Políticos. 3.4. Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. 3.5. Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. 3.6. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.