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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2012 (14/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de marzo de 2012 462513 Artículo Segundo.- LA FUNCIONARIA percibirá las remuneraciones y demás benefi cios que correspondan a su cargo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 762619-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Establecen pago mínimo del Impuesto Predial, Emisión Mecanizada, Cronograma de Pago para el Impuesto Predial, Patrimonio Vehicular y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública y Seguridad Ciudadana 2012 ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 004-2012 Huacho, 7 de marzo del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Por Cuanto; El Concejo Provincial de Huaura, en Sesión Ordinaria de fecha 7 de marzo del 2012, y; Vistos; El Dictamen N° 001-2012/COEYF-MPH de la Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al concejo municipal, la función normativa a través de ordenanzas, las que tienen rango de ley; Que, en mérito a los Arts. 56° y 69° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; en concordancia con el numeral 4) del artículo 200° de nuestra Carta Magna; las Municipalidades son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, el inciso a) de los artículos 14° y 34° del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante D.S. N° 156-2004-EF, establece que los contribuyentes de Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular respectivamente están obligados a presentar declaración jurada anualmente hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año, salvo que la Municipalidad establezca una prórroga, precisando además que la actualización de los valores de predios y vehículos por la Municipalidad, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anual del Impuesto Predial o Impuesto al Patrimonio Vehicular del 2012, según corresponda y se entenderá como válida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto, concordante con la Cuarta Disposición fi nal de la misma ley. Que, en aplicación del artículo 88° del TUO del Código Tributario aprobado mediante D.S N° 135-99-EF; de las Resoluciones Ministeriales N° 217-2011-VIVIENDA (28.10.2011) -Valores ofi ciales de terrenos rústicos-; N° 219-2011-VIVIENDA (28-10-2011) -Planos Básicos Arancelarios de Terrenos de diversas localidades del País; N° 220-2011-VIVIENDA (30.10.2011)- Valores Unitarios Ofi ciales de Edifi cación para la Costa, Sierra y Selva; N° 126-2007-VIVIENDA (13.05.2007) Tablas de depreciación por antigüedad y estados de conservación según el material predominante; D.S. N° 028-2012-EF/15, (06.01.2012) - Tabla de Valores Referenciales de Vehículos, para efectos del Impuesto al Patrimonio Vehicular del año 2012- y del Valor de la UIT para el ejercicio 2012 establecido por D.S N° 233-2011-EF (26.12.2011) como índice de referencia de normas tributarias, ascendente a S/. 3,650.00 nuevos soles; Estando a lo expuesto, de conformidad a las facultades establecidas en los artículos 9°, 20°, 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley N° 27972; al Dictamen de la Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas; el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 07.03.2012 y con el voto UNÁNIME de sus miembros, aprueba la siguiente ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, EMISIÓN MECANIZADA, CRONOGRAMA DE PAGO PARA EL IMPUESTO PREDIAL, PATRIMONIO VEHICULAR Y ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA 2012 Artículo Primero.- EMISIÓN DE DECLARACIÓN JURADA A DOMICILIO.- Autoriza la emisión mecanizada a domicilio de la Declaración Jurada del Autovaluo del Impuesto Predial, la actualización de los valores, la determinación del Impuesto y el cronograma de pago para el Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y Arbitrios Municipales del ejercicio 2012, utilizando la base registral de la Ofi cina de Informática y las que otorguen mayor información en lo que corresponde a la determinación del impuesto Predial, facultándose la actualización de los valores de los predios, disponiendo su distribución a domicilio, considerando para este caso lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14°del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S N° 156-2004-EF. Artículo Segundo.- COSTOS DE LA EMISIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA A DOMICILIO.- Establecer en la Jurisdicción de Huacho, que los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Predial del ejercicio 2012 pagarán el importe de la emisión mecanizada equivalente al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente por la Declaración Jurada y el 0.2% de la Unidad Impositiva Tributaria para cada anexo adicional. Para la obligación al pago de los Arbitrios Municipales, pagarán como importe de la emisión mecanizada la suma de Sesenta Céntimos (0.60) Artículo Tercero.- MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL.- Establézcase el monto mínimo del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2012 en 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente, es decir equivalente al S/. 21.90 nuevos soles. Artículo Cuarto.- APRUÉBESE la escala progresiva para el cálculo del Impuesto Predial del año 2012. Tramo del Autovalúo Alícuota Hasta 15 UIT 0.2% Más de 15 UIT y Hasta 60 UIT 0.6% Más de 60 UIT 1.0 % Artículo Quinto.- DISPONER la presentación de las Declaraciones Juradas y su recepción hasta el 30 de Marzo del 2012. Artículo Sexto.- VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL.- El Impuesto predial correspondiente al ejercicio 2012, podrá cancelarse al contado hasta el 30 de Marzo del 2012 y en forma fraccionada de acuerdo al siguiente cronograma de vencimiento: Primera Cuota 30 de Marzo del 2012 Segunda Cuota 31 de Mayo del 2012 Tercera Cuota 31 de Agosto del 2012 Cuarta Cuota 30 de Noviembre del 2012 Las cuotas fraccionadas serán reajustadas de acuerdo a la variación del índice de precios al por mayor (IPM) por