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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2012 (14/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de marzo de 2012 462497 de vidas humanas y que la sociedad en su conjunto no permitan que queden en la impunidad. Que, el Gobierno Regional de Ancash, busca la reconciliación con las personas afectadas por la violencia política, sin ningún tipo de distinción ni discriminación de cualquier índole; razón por el cual se hace necesario crear el Consejo Regional de Ancash de Reparaciones para las Victimas de la Violencia Política y Promoción de la Cultura de Paz, a efectos de que se encargue de promover e impulsar las acciones necesarias que favorezcan a implementar las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Que, el Gobierno Regional de Ancash concibe que la Justicia para los familiares afectados por la violencia política, implique que estos deben obtener una reparación integral que cubra los daños ocasionados físicos, morales, así como las pérdidas de oportunidades, los daños materiales y la pérdida del honor a la reputación y el buen nombre; Que, el Gobierno Regional de Ancash implemente y ejecute un conjunto de políticas y acciones para garantizar que los delitos contra la humanidad, nunca se repitan en la Región Ancash, entre otras acciones se encuentra la creación del “Consejo Regional de Ancash de Reparaciones para las víctimas de la Violencia Política y Promoción de una Cultura de Paz” para proceder al registro para su verifi cación y acreditación; Que, el Consejo regional de Ancash de Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Política, debe estar conformada por los representantes de las diferentes instancias de las instituciones públicas y privadas, organismos públicos autónomos, organismos no gubernamentales, la iglesia católica y representantes de las víctimas de la violencia políticas, entre otros que estén otros que estén comprendidos con los Derechos Humanos; Que, de conformidad con el Inciso a) del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902, es atribución del Consejo regional de Ancash, crear el “Consejo Regional de Ancash de Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Política”, implementar y ejecutar políticas regionales a favor de las víctimas de la violencia política para el desarrollo, sin distinción de ninguna índole; Que, habiendo sustentado la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, el Dictamen Nº 001- 2011-GRA/CR/CDDHH. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nros. 27902, 28961, 28968 y 29053 y demás normas pertinentes; y estando a lo acordado por Unanimidad en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 15 de Diciembre del año dos mil once, con la dispensa y lectura y exoneración de la aprobación del acta. ORDENA Artículo Primero.- APROBAR, la creación del “Consejo Regional de Ancash de Reparaciones de Ancash para las Víctimas de la Violencia Política y Promoción de una Cultura de Paz”, mientras su contribución, benefi cio y desarrollo sea a favor de las víctimas de la Violencia a Política. Artículo Segundo.- CONFORMACIÓN del Consejo Regional de Ancash de Reparación de Ancash para las víctimas de la Violencia de la Violencia Política y promoción de una Cultura de Paz, estará integrada por los representantes de las instituciones siguientes: 1) El Presidente del Gobierno Regional de Ancash, será quien lo preside, pudiendo ser representado por el Gerente de Desarrollo Social. 2) Gobernación Regional de Ancash. 3) El Director Regional de Educación de Ancash. 4) El Director Regional de Salud de Ancash. 5) El Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ancash. 6) El Director de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ancash. 7) El Director Regional de Agricultura de Ancash. 8) El Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Ancash. 9) Un Representante de la Asociación de Municipalidades de la Región Ancash. 10) El Rector de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo-UNASAM. 11) El Rector de la Universidad Nacional del Santa. 12) 03 Coordinadores de las Universidades Privadas de la Región Ancash. 13) Coordinadora Regional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. 14) Coordinadora Regional del Ministerio de Inclusión Social. 15) Coordinadora Regional del Ministerio de Cultura. 16) Un Representante de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza de la Región Ancash. 17) Un representante de las Víctimas de la Violencia Política de la Región Ancash. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, convoque a los representantes de las instituciones que conforman el Consejo Regional de Ancash de Reparaciones de Ancash para las Víctimas de la Violencia Política y Promoción de una Cultura de Paz. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el Consejo Regional de Ancash de Reparaciones de Ancash para las Víctimas de la Violencia Política y Promoción de una Cultura de Paz, se deberá circunscribir a defi nir lineamientos de políticas regionales de implementación, conforme al Plan Integral de Cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DESIGNAR, un Secretario Técnico a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ancash, para realizar las coordinaciones y acciones necesarias para la implementación y cumplimiento de la Presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- OTORGAR, al Consejo Regional de Ancash de Reparaciones de Ancash para las Víctimas de Violencia Política y Promoción de una Cultura de Paz, un plazo de 60 días calendarios para su implementación del Reglamento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- DEJESE, sin efecto cualquier norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. MARTÍN TEÓFILO ESPINAL REYES Presidente del Consejo Regional de Ancash. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los quince días del mes de diciembre del año 2011. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente Gobierno Regional de Ancash 762626-6 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo y modifican Cuadro para Asignación de Personal de la Unidad Ejecutora 001 Región Lima ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2012-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA