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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de marzo de 2012 462740 Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece que el Concejo Municipal ejerce funciones normativas a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, conforme lo estipula el artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú; Que, en uso de las facultades normativas antes descritas la Municipalidad de La Victoria emitió la Ordenanza Nº 104-2010/MLV, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 15 de abril de 2010, por la cual se creó el benefi cio denominado “Seguro Anual de Vida para el Contribuyente Victoriano Puntual”, el cual otorgaba coberturas por seguro de vida y/o para los casos de invalidez total y permanente por accidente, de acuerdo al plan que le correspondiera al titular, al cual podían acceder solo aquellos contribuyentes que cumplan con las condiciones establecidas en la propia Ordenanza. Para estos efectos la Municipalidad suscribió el Contrato Nº 013-2010-MDLV con la Compañía de Seguros Protecta; Que, mediante Informe Nº 015-2012-GR-MDLV la Gerencia de Rentas manifi esta que habiendo realizado el análisis respectivo de la aplicación de la Ordenanza Nº 104-2010/MLV, conjuntamente con la Gerencia de Administración y la Gerencia de Finanzas, resulta recomendable derogar dicha norma, por cuanto genera un alto costo para la Municipalidad en comparación con el reducido número de siniestros registrados, por lo cual solicita además que se realice el trámite correspondiente para atender los siniestros no cubiertos durante el período que transcurra desde que expiró el citado contrato hasta que se materialice la derogación requerida; Que, lo solicitado se enmarca en los dispuesto en el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –, el cual dispone que corresponde a las atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas; Estando a los fundamentos expuestos, a las normas legales glosadas y en virtud de los pronunciamientos emitidos por la Gerencia Municipal mediante Memorándum Nº 205-2012-GM-MDLV, de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 60-2012-GAJ-GM/MLV, y de la Subgerencia de Ejecución Coactiva mediante Informe Nº 011-2012-SGEC-GR-MDLV; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente Ordenanza: DEROGAR LA ORDENANZA Nº 104-2010/MLV Artículo 1º.- Derogar la Ordenanza Nº 104-2010/MLV que creó el benefi cio denominado “Seguro Anual de Vida para el Contribuyente Victoriano Puntual” por las consideraciones expuestas en los considerandos de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Gerencia de Finanzas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como la ejecución de las medidas a las que hubiera lugar en virtud de la derogación que se aprueba. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional www.munilavictoria. gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 765496-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 043-2012-ALC/MLV La Victoria, 25 de enero de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Informe Nº 005-2012-GFC/MDLV del 23 de enero de 2012 de la Gerencia de Fiscalización y Control y el acta de fecha 20 de enero de 2012 de la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos para seleccionar un Auxiliar Coactivo para la Gerencia de Fiscalización y Control; el Informe Nº 0001-2012- CECPMSAC-MDLV del 25 de enero de 2012 de la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos, antes indicada; el Proveído Nº 2493 del 25 de enero de 2012 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, estableciendo en su artículo 7º numeral 7.1) que “la designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos” (sic). Asimismo, el numeral 7.2) del citado artículo estipula que “tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva” (sic); Que, en mérito a lo expuesto se conformó la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos para designar a un (1) Auxiliar Coactivo para la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad de La Victoria, mediante Resolución de Alcaldía Nº 591-2011-ALC/MLV de fecha 22 de diciembre de 2011; encargándose a dicha Comisión la elaboración de las bases del concurso en el plazo de diez (10) días; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 9º numeral 32) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Acuerdo de Concejo Nº 087-2011/MLV, de fecha 27 de diciembre de 2011 se aprobaron las Bases del Concurso Público de Méritos anteriormente indicado; por lo que la Comisión Evaluadora procedió a realizar la convocatoria y demás acciones correspondientes; Que, mediante Informes de vistos la Comisión Evaluadora comunica la culminación satisfactoria del referido concurso, indicando que se ha cumplido con lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 087-2011/MLV, e informando a su vez que ha resultado ganador, el señor Addinzon Leroy Díaz Pittar, para lo cual han remitido la documentación correspondiente; Que, la Ley Nº 27204 precisa que el Auxiliar Coactivo es un funcionario nombrado o contratado según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, estableciendo que su designación no implica que dicho cargo sea de confi anza; Estando a las normas legales glosadas, a las consideraciones expuestas y a los informes y documentos señalados en los vistos, y en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad de La Victoria, al señor Addinzon Leroy Díaz Pittar. Artículo 2º.- El Auxiliar Coactivo designado ingresa a la Municipalidad de La Victoria como funcionario, por lo que tendrá el nivel remunerativo y benefi cios que por Ley le corresponden. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración y a la Subgerencia de Recursos Humanos, de acuerdo a sus atribuciones y competencias. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 765371-1