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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2012 (23/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2012 462964 y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150- 2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa CORPORACIÓN MAC – GNV AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANONIMA CERRADA. MAC – GNV S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en el Parque Industrial del Cono Sur Parcela I, Mz. 7, Lote 2, Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa CORPORACIÓN MAC – GNV AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANONIMA CERRADA. MAC – GNV S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 13 de Enero del 2013 Segunda Inspección anual del taller 13 de Enero del 2014 Tercera Inspección anual del taller 13 de Enero del 2015 Cuarta Inspección anual del taller 13 de Enero del 2016 Quinta Inspección anual del taller 13 de Enero del 2017 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa CORPORACIÓN MAC – GNV AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANONIMA CERRADA. MAC – GNV S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre del 2012 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre del 2013 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre del 2014 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre del 2015 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre del 2016 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Siendo de Cargo de la empresa CORPORACIÓN MAC – GNV AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANONIMA CERRADA. MAC – GNV S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 763841-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la SBN al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN Nº 034-2012/SBN San Isidro, 19 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM del 26 de julio de 2011, que establece modifi caciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), señala que la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR), aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE del 13 de setiembre de 2011, se aprobó el Modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, que incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 1º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 170-2011-SERVIR/PE del 28 de diciembre de 2011, dispone que el inicio de la vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE será a partir del 28 de febrero de 2012; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004- TR del 19 de octubre de 2004, señala que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad y publicarse en el diario ofi cial “El Peruano”; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al funcionario que se encargará de remitir las ofertas de empleo de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, de acuerdo a lo señalado en el considerando anterior; Con el visado de la Secretaría General, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Administración y Finanzas y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE y, en uso de la atribución conferida por el inciso r) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Supervisor(a) de Personal de la Ofi cina de Administración y Finanzas, como funcionario(a) responsable de remitir las ofertas de empleo