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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de marzo de 2012 463013 - Juana Filiberto Lavado – Loreto, en mérito a su labor social en comunidades nativas y campesinas. Artículo 2º.- Otorgar la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer 2012”, a las señoras que a continuación se detallan: - Fabiola María León Velarde Servetto – Lima, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su profesión. - Marlene Leyton Loayza – Lima, en mérito a la actividad destacada en el campo del deporte. - María Elena Moyano Delgado – Lima, reconocimiento póstumo, en mérito a una vida dedicada al trabajo de promoción de las mujeres y su real acceso a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP (www.mimp.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 768623-1 Aprueban el “Procedimiento para la aplicación de la Ley Nº 29806 que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público para el Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 063-2012-MIMP Lima, 22 de marzo de 2012 VISTOS: El Memorando Nº 0177-2012-MIMP/SG de la Secretaría General y el Informe Nº 005-2012-MIMP/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29806 se regula la contratación de profesionales altamente califi cados para ocupar puestos en las entidades públicas del Poder Ejecutivo, bajo los principios de mérito y transparencia, en el marco del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG); Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2012-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29806, en cuyo artículo 7° se dispone que los Sectores que soliciten la contratación de personal altamente califi cado deben contar con un procedimiento de selección de candidatos a ser contratados bajo la modalidad a que se refi ere dicha Ley, que garantice el cumplimiento de los principios de mérito y transparencia, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada puesto, conforme a los documentos de gestión institucionales; Que, la Segunda Disposición Final del citado Reglamento dispone que el procedimiento a que se refi ere el artículo 7 del mismo, incluirá disposiciones relativas a la presentación de solicitudes de contratación de personal altamente califi cado por parte de los organismos públicos adscritos a sus respectivos Sectores; Que, mediante el Memorando de vistos, la Secretaría General solicita a la Ofi cina General de Recursos Humanos la adopción de las medidas necesarias para la implementación de lo dispuesto en la Ley Nº 29806 y su Reglamento; Que, mediante el Informe de vistos, la Ofi cina General de Recursos Humanos alcanza el proyecto de “PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 29806 QUE REGULA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO EN EL SECTOR PÚBLICO PARA EL PLIEGO 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”; Que, en mérito a lo expuesto se hace necesario dictar el procedimiento interno para la implementación de la contratación de personal altamente califi cado en el Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos, Planifi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, y el Decreto Supremo Nº 011- 2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 29806 QUE REGULA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO EN EL SECTOR PÚBLICO PARA EL PLIEGO 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Informática y Desarrollo de Sistemas la publicación de la presente Resolución y del Anexo a que se refi ere el artículo precedente en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: www.mimp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 768623-2 Designan representante del Colegio de Psicólogos del Perú ante el Consejo de Adopciones de la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 064-2012-MIMP Lima, 22 de marzo de 2012 Vistos, el Ofi cio Nº 071-2012-CDN-C.Ps.P. del Colegio de Psicólogos del Perú y la Nota Nº 028-2012-MIMP/SNA de la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; CONSIDERANDO: Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, establece que en toda medida que concierne al niño y adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto de sus derechos; Que, el artículo 119 del Código de los Niños y Adolescentes dispone que la Ofi cina de Adopciones, hoy Secretaría Nacional de Adopciones, es la institución encargada de tramitar las solicitudes de adopción de niños o de adolescentes declarados en estado de abandono, a cuyo efecto cuenta con un Consejo de Adopciones, precisando su conformación y disponiendo que sus funciones específi cas serán desarrolladas mediante reglamento; Que, los artículos 5 y 6 del Reglamento del Consejo de Adopciones de la Secretaría Nacional de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-MIMDES, prevén que el Consejo es un órgano colegiado que se