Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2012 (24/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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- Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 100 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 90 m3. ii. Vigencia de Asignacion de Consumo - La Asignacion de Consumo de 90 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano, sera de aplicacion la asignacion de consumo de 40 m3. e. Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 90º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD1, modificada por Resolucion Nº 088-2007-SUNASS-CD. Para determinar el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios de la categoria Industrial, se le aplican las tarifas establecidas a cada nivel de consumo de acuerdo al procedimiento siguiente: 1. Al volumen consumido comprendido dentro del primer rango (0 a 30 m3), se aplicara la tarifa correspondiente a dicho rango. 2. Al volumen consumido comprendido dentro del MORDAZA rango (mas de 30 m3), se aplicara la tarifa correspondiente por todo el volumen consumido. f. Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 91º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD, modificada por Resolucion Nº 088-2007-SUNASS-CD. Para determinar el importe a facturar por el servicio de alcantarillado a los usuarios de la categoria Industrial, se le aplican las tarifas establecidas a cada nivel de consumo de acuerdo al procedimiento siguiente: 1. Al volumen consumido comprendido dentro del primer rango (0 a 30 m3), se aplicara la tarifa correspondiente a dicho rango. 2. Al volumen consumido comprendido dentro del MORDAZA rango (mas de 30 m3), se aplicara la tarifa correspondiente por todo el volumen consumido. Articulo 3º.- Aprobar las Metas de Gestion para el proximo quinquenio, asi como los mecanismos de evaluacion del cumplimiento de las Metas de Gestion e incrementos tarifarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº1. Articulo 4º.- Disponer el inicio del ano regulatorio y la aplicacion de la Estructura Tarifaria establecida en la presente Resolucion, a partir del proximo ciclo de facturacion. Articulo 5º.- Disponer la creacion de un fondo para financiar las inversiones con recursos propios que forman parte de la Formula Tarifaria y Estructura Tarifaria aprobada, que solo podra ser utilizado para tales fines. Si se comprueba un uso distinto, la SUNASS comunicara este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. Para constituir el referido fondo, EPS ILO S.A. debera destinar mensualmente en cada uno de los anos del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado senalados en el Anexo Nº 2 de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Aprobar los Costos Maximos de las Unidades de Medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales que EPS ILO S.A. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 3 de la presente Resolucion. Articulo 7º.- Disponer la aplicacion de los Costos Maximos de las Unidades de Medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales

establecido en el Anexo Nº 3 a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 8º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario Oficial El Peruano. Los Anexos Nº 1, 2, 3, el Estudio Tarifario Final y el Informe de la Evaluacion Final de la Propuesta de los Costos Maximos de las Unidades de Medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales se consignaran en la pagina web de la SUNASS: www. sunass.gob.pe. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Carrion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TECNICO Y DETERMINACION DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTION.El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria contiene el analisis tecnico con la propuesta de la Formula Tarifaria (FT), Estructura Tarifaria (ET) y Metas de Gestion (MG) que seran aplicadas por la EPS ILO S.A. para el proximo quinquenio. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotacion e inversion eficientes de la empresa, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende basicamente los aspectos alcanzados en el Anexo Nº 2 del Reglamento General de Tarifas2. La evaluacion final de la Propuesta Tarifaria de los Precios de los Servicios Colaterales contiene los costos maximos de las actividades requeridas para su prestacion correspondiente, que seran aplicados por EPS ILO S.A. Dicha evaluacion ha sido elaborada en base a la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la EPS, asi como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el MORDAZA local y los costos de personal incurridos por la empresa. II. CONSIDERACIONES LEGALES.De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 273323, y los articulos 24º y 26º del Reglamento General de la SUNASS4, la SUNASS es competente para establecer la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que seran aplicados por las EPS. Asimismo, el articulo 30º de la Ley Nº 263385 senala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. Por otro lado, el articulo 85º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 263386, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS. III. IMPACTO ESPERADO: La aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion y de los Costos Maximos de

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Publicado el 5 de Febrero de 2007 en el diario El Peruano. Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Ley General de Servicios de Saneamiento. Aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA.

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