Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2012 (24/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

463015

Agricultura para MORDAZA Latina y el Caribe, permitira promover el potencial peruano para fomentar la reduccion de la inseguridad alimentaria a nivel nacional, regional y mundial a traves del desarrollo de la pesca y acuicultura, orientando la industria hacia la generacion de productos para el consumo humano directo bajo un enfoque ecosistemico y de inclusion social; posicionar al Peru como despensa proteica nacional y mundial y convertir a la anchoveta en un recurso alimenticio estrategico para la seguridad alimentaria nacional y global; Que, siendo responsabilidad del Despacho Viceministerial de Pesqueria, formular, orientar, ejecutar, supervisar y evaluar por encargo y en coordinacion con el Ministro, la aplicacion de las politicas y el cumplimiento de las normas del subsector pesqueria, las mismas que comprenden las actividades de extraccion, transformacion y cultivo pesquero de recursos hidrobiologicos marinos y de aguas continentales, velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la proteccion del ambiente y considerando la importancia de los temas materia de la convocatoria, se justifica la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Majluf Chiok, Viceministra de Pesqueria, en la 32º Conferencia Regional de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Alimentacion y la Agricultura para MORDAZA Latina y el Caribe, a efectos de posicionar al Peru y a su sector pesquero, desencadenando inversiones internacionales significativas para su desarrollo sostenible y de esta manera maximizar los impactos positivos de las actividades pesqueras y acuicolas a nivel nacional; Que, en tal sentido resulta conveniente autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Majluf Chiok, Viceministra de Pesqueria, del 27 al 30 de marzo de 2012, considerando el itinerario adjunto; al enmarcarse dentro de los supuestos de excepcion senalados en la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria y de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, de Administracion, y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAJLUF CHIOK, Viceministra de Pesqueria, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 27 al 30 de marzo de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Produccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) Viaticos Gastos de instalacion y traslado Service fee TOTAL US$ 2,596.53 US$ 600.00 US$ 200.00 US$ 22.00 US$ 3,418.53

acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de la Produccion 768628-1

Modifican la R.M. Nº 133-2012PRODUCE, que establecio el limite de captura de los recursos jurel y caballa para el MORDAZA trimestre de 2012
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 142-2012-PRODUCE MORDAZA, 23 de marzo de 2012 VISTOS: El Informe Nº 190-2012-PRODUCE/DGEPPDch del 23 de marzo de 2012 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 032-2012-PRODUCE/OGAJ-rzarate del 23 de marzo de 2012 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° del Decreto Ley N° 25977 Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9° de la citada Ley establece que sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, el Ministerio de la Produccion determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; ademas, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, los articulos 10° y 11° de la Ley General de Pesca disponen que el ordenamiento pesquero es el conjunto de normas y acciones que permiten administrar una pesqueria, sobre la base del conocimiento actualizado de sus componentes biologicos - pesqueros, economicos y sociales. Asimismo, el Ministerio de la Produccion, segun el MORDAZA de pesqueria y la situacion de los recursos que se explotan, establecera el sistema de ordenamiento que concilie el MORDAZA de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservacion en el largo plazo, con la obtencion de los mayores beneficios economicos y sociales; Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112007-PRODUCE, promueve la explotacion racional de los citados recursos, la proteccion del ecosistema MORDAZA y la preservacion de la biodiversidad en concordancia con los principios y normas contenidos en la Ley General de Pesca y disposiciones complementarias y conexas; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 1332012-PRODUCE se establecio el limite de captura de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus), correspondiente al MORDAZA trimestre del ano 2012; Que, a traves del Informe de Vistos, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, observando que las actividades por Semana MORDAZA generan una mayor demanda de recursos hidrobiologicos de consumo humando directo, recomienda que el inicio de la actividad extractiva de los recursos jurel (Trachurus

Articulo 3º.- Encargar a la senora MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN, Viceministra de MYPE e Industria, las funciones de Viceministro (a) de Pesqueria, en adicion a sus funciones, en tanto dure la ausencia de la titular. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria debera presentar al Titular del Sector, con MORDAZA a las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Administracion, un informe detallado describiendo las

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