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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2012 (25/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2012 463106 cuyo importe asciende a S/. 36,752.36 (Treintiseis Mil Setecientos Cincuentidos y 36/100 nuevos soles); siendo que dicha valorización fuera cancelada mediante Recibo de Caja Nº 001112, y con fecha 19 de setiembre del 2011; Que, mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 1079-2011, de fecha 26 de agosto del 2011, expedida por el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se resolvió aprobar la valorización del área de 55.28 m2 correspondiente al aporte para Parques Zonales por la Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único para Uso de Educación Superior Tecnológica – E2, del terreno de 1,105.65 m2 ubicado en la Av. Pirámide del Sol Nº 810 Lote Nº 04 Mz. F de la Urbanización Parcelación Azcarrunz, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, ascendente a la suma de S/. 60,432.10 (Sesenta Mil Cuatrocientos Treintidos y 10/100 nuevos soles); valorización que fuera cancelada con Recibo de Ingresos Nº 0077422, de fecha 13 de setiembre del 2011; Que, el administrado presenta Recibo de Pagos de SEDAPAL y EDELNOR correspondientes al predio ubicado en la Av. Pirámide del Sol Nº 810 Lote Nº 04 Mz. F de la Urbanización Parcelación Azcarrunz, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, el administrado ha cumplido con acompañar los documentos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento del terreno materia de trámite; Que, mediante Informe Nº 269-2011-CAEP-SGHU/ GDU/MDSJL, de fecha 09 de noviembre del 2011, está Sub Gerencia informa que de la inspección ocular efectuada al predio materia de trámite, se ha verifi cado que se encuentran ejecutadas las obras de Habilitación Urbana; además, se constató que no existe modifi cación respecto al proyecto aprobado con la Resolución Sub Gerencial Nº 177- 2010-MDSJL-GDU/SGHU, correspondiente a la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización; Que, estando a lo expuesto en el informe Nº 276-2011- CAEC-SGHU/GDU/MDSJL, de fecha 17 de noviembre del 2011, del Asesor Legal de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Decreto Supremo Nº 026-2008- VIVIENDA - Decreto que aprueba el Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica, Ley Nº 29476 – Ley que modifi ca y complementa la Ley Nº 29090, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del terreno de 1,105.65 m2 ubicado en la Av. Pirámide del Sol Nº 810 Lote Nº 04 Mz. F de la Urbanización Parcelación Azcarrunz, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Ubicación y Localización, y el Plano de Trazado y Lotización, signados para efectos del Registro como Planos Nº 004-2012-HU- SGHU-GDU/MDSJL y Nº 005-2012-HU-SGHU-GDU/ MDSJL respectivamente, los cuales guardan relación con los Planos Nº 044-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 045-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL que fueran aprobadas mediante Resolución Sub Gerencial Nº 177- 2010-MDSJL-GDU/SGHU de fecha 25 de noviembre del 2010, correspondiente a la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización como Lote Único, solicitada por el señor Adolfo Enrique Beltrán Dávila, en calidad de Director Ejecutivo del INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO DE FORMACIÓN BANCARIA. Artículo Segundo.- El área de terreno materia de la Habilitación Urbana corresponde a un área total de 1,105.65 m2 distribuidos de la siguiente forma, conforme al Plano de Lotización Nº 044-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL. CUADRO GENERAL DE AREAS: DESCRIPCIÓN ÁREA ÁREA BRUTA DEL TERRENO 1,105.65 m2 ÁREA ÚTIL DE LOTE 1,105.65 m2 ÁREA CEDIDAS PARA VÍAS 0.00 m2 CUADRO GENERAL DE APORTES: Según Ordenanza Nº 836-MML. ZONIFICACIÓN : Educación Superior Tecnológica – E2. ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 1,105.65 m2. APORTE % ORD 836-MML PROYECTO DEFICIT PARQUES ZONALES (SERPAR) 5.00 55.28 m2 - 55.28 m2 RENOVACIÓN URBANA (FOMUR) 3.00 33.17 m2 - 33.17 m2 Servicios Públicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) 2.00 22.11 m2 - 22.11 m2 TOTAL 10.00 110.56 m2 - 110.56 m2 NOTA.- (*) El Défi cit de aportes reglamentarios por Recreación Pública, Parques Zonales (SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) han sido redimidos en dinero. EL AREA úTIL ESTA DISTRIBUIDO EN UN SOLO LOTE DE LA SIGUIENTE MANERA: MANZANA F Nº Lote Único AREA (m2) Frente Lado Derecho Lado Izquierdo Fondo 04 1,105.65 34.00 ml. 32.00 ml. 31.00 ml. 36.20 ml. Artículo Tercero.- REMITIR un ejemplar del FUHU anexo al presente procedimiento administrativo y una copia de la presente Resolución Sub. Gerencial, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento, de conformidad con en el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 003-2010-VIVIENDA. Artículo Cuarto.- TRANSCRÍBASE la presente Resolución Sub Gerencial, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP para los efectos de inscripción correspondiente, la misma que deberá levantar la carga inscrita en el Registro correspondiente, al haberse cumplido con redimir en dinero el défi cit de los aportes reglamentarios señalados en Artículo Quinto de la Resolución Sub Gerencial Nº 177-2010-MDSJL-GDU/ SGHU. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Séxto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) días calendarios, contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Sétimo.- DISPONER el cumplimiento y notifi cación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENZO GARCÍA VERGARA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas 767922-1