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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2012 (25/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2012 463099 Judicial y al Juez Supremo designado, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 768632-4 Crean Juzgados de Paz en los Centros Poblados Antaccocha y Guayabal, en los Distritos Judiciales de Huancavelica y Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 034-2012-CE-PJ Lima, 2 de marzo de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 1030-2011-P-CSJHU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y el Informe N° 134-2011-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica remite propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Antaccocha, Distrito, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica, a solicitud de las autoridades de la referida circunscripción. Segundo. Que la petición formulada se fundamenta en tener población aproximada de 1 301 habitantes, conjuntamente con los Barrio Uno, Barrio Dos y Barrio Cuatro; así como en la necesidad de tener autoridad judicial, pues la dependencia judicial más próxima es el Juzgado de Paz de Vista Alegre de Sachapite, que se encuentra a 3 kilómetros de distancia, el traslado a pie es de dos horas aproximadamente; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia. Tercero. Que el Informe N° 134-2011-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Antaccocha, Distrito, Provincia Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional. Cuarto. Que por el número de habitantes de los centros poblados a los que benefi ciaría el juzgado de paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 134- 2012 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui y Chaparro Guerra, sin la intervención de los señores Vásquez Silva y Palacios Dextre, por encontrarse de vacaciones, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el informe del señor Consejero Darío Palacios Destre. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Antaccocha, el cual tendrá competencia además en los Barrios Uno, Dos, y Cuatro, Distrito, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del referido órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 768632-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 035 - 2012 - CE - PJ Lima, 2 de marzo de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 8466-2011-P-CSJLA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, y el Informe N° 027-2012-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque remite propuesta de creación de un Juzgado de Paz de Única Nominación en el Centro Poblado Guayabal, Distrito Tabaconas, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca y Distrito Judicial de Lambayeque. Segundo. Que la petición formulada se fundamenta en tener población aproximada de 1 301 habitantes, conjuntamente con los Caseríos Monterrey, Nueva Alianza, San Francisco, José Santos, y los Sectores La Piria, Perla Mayo, Corazón de Jesus y Los Laureles; así como en la necesidad de tener autoridad judicial, pues la dependencia judicial más próxima es el Juzgado de Paz del Centro Poblado Panchía, que se encuentra a 10 kilómetros de distancia, el traslado en automóvil es de una hora con treinta minutos aproximadamente; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia. Tercero. Que el Informe N° 027-2012-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Guayabal, Distrito Tabaconas, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca y Distrito Judicial de Lambayeque; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional. Cuarto. Que por el número de habitantes de los centros poblados a los que benefi ciaría el juzgado de paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 135- 2012 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui y Chaparro Guerra, sin la intervención de los señores Vásquez Silva y Palacios Dextre, por encontrarse de vacaciones, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Guayabal, el cual tendrá competencia además en los Caseríos Monterrey, Nueva Alianza, San Francisco, José Santos, y los Sectores La Piria, Perla Mayo, Corazón de Jesús y Los Laureles, Distrito Tabaconas, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca y Distrito Judicial de Lambayeque. La competencia territorial del Juzgado de Paz del Centro Poblado Panchía, del mismo distrito, queda modifi cada por la creación del mencionado órgano jurisdiccional. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del referido Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el