Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2012 (30/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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por Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, senala que el Fondo MIVIVIENDA adjudicara mediante subasta publica el proyecto de construccion de viviendas de interes social a favor del promotor que garantice la construccion del mayor numero de viviendas al menor costo, de la mejor calidad y en las mejores condiciones para el usuario final; Que, dicha disposicion senala que una vez otorgada la buena pro, y en un plazo no mayor de 30 dias, el Estado, mediante Resolucion Suprema refrendada por los Ministros de Economia y Finanzas, de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Presidencia, de Trabajo y Promocion Social y de Justicia, aprobara la transferencia del terreno correspondiente a favor de adjudicatario del proyecto de construccion; Que, la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, considero en su Estructura Organica Basica al Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - MIVIVIENDA, como un organismo publico descentralizado del Sector; posteriormente, mediante la Ley Nº 28579 se establecio la conversion del Fondo Hipotecario de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA a Fondo MIVIVIENDA S.A., encontrandose comprendida bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y adscrita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en concordancia con las modificaciones en la organizacion y funciones de los Ministerios efectuadas por la Ley Nº 27779, el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 0062002-VIVIENDA preciso que la Resolucion Suprema que aprueba la transferencia de terrenos del Estado, para los proyectos de construccion de viviendas de interes social adjudicados por el Fondo MIVIVIENDA, a la que se refiere la Tercera Disposicion Final del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, solo sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, la Superintendencia de Bienes Nacionales, hoy Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, fue adscrita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, estando a que tanto el Fondo MIVIVIENDA S.A. como la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales son organismos adscritos al Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, los cuales intervienen en el MORDAZA de transferencia de terrenos del Estado, para los proyectos de construccion de vivienda de interes social, resulta necesario precisar que la Resolucion Suprema que aprueba la transferencia a la que se refiere la Tercera Disposicion Final del referido Reglamento, debe ser refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 4 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Suscripcion de la Resolucion Suprema de transferencia Precisese que la Resolucion Suprema que aprueba la transferencia de terrenos del Estado, para los proyectos de construccion de viviendas de interes social adjudicados por el Fondo MIVIVIENDA S.A., a la que se refiere la Tercera Disposicion Final del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2002-EF y sus modificatorias, sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Designan Asesora de la Direccion Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI)
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 038-2012/APCI-DE
Miraflores, 29 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable, que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado, en funcion de la politica nacional de desarrollo de conformidad con lo establecido en la Ley de Creacion de la APCI, Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007RE, establece en su articulo 12º que la Direccion Ejecutiva de la Agencia cuenta con el apoyo de asesores; Que, actualmente se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Direccion Ejecutiva de la APCI, por lo que es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo; Que, en tal sentido, procederia designar para el cargo de Asesora de la Direccion Ejecutiva de la APCI, a la comunicadora social MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, especialista en imagen institucional; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la APCI y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modificatorias, en concordancia con la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Asesora de la Direccion Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI). Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral Ejecutiva a la Oficina General de Administracion, asi como a la interesada, para las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo

771015-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Declaran desafectacion de la condicion de dominio publico de predio de propiedad del Estado ubicado en la Provincia Constitucional del Callao
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 008-2012/SBN-DGPE-SDDI
MORDAZA, 22 de marzo de 2012

771039-3

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