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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de mayo de 2012 465820 personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Marco del Presupuesto Participativo N° 28056, se establecen disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso del Programación Participativa del presupuesto; Que, el artículo 97° de la Ley Orgánica N° 27972, se estable que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y los Presupuestos Participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales; Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2009-EF, se precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para determinar proyectos de impacto provincial y distrital; Que, mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo; Que, mediante Resolución Directora N° 007-2010- EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basados en Resultados”, que estableces los lineamientos precisos para orientar el desarrollo articulado del proceso participativo; Que, es tarea permanente reformar la relación entre la Municipalidad y la Sociedad Civil, en el marco del ejercicio de su derecho de la ciudadanía que utiliza los mecanismos de democracia directa y democracia respectiva generando compromisos y responsabilidades compartidas, creando conciencia, respeto a los derechos y obligaciones del ciudadano como contribuyente y como actor en el funcionamiento del estado y el desarrollo colectivo; Que, las municipalidades como órganos de gobierno tienen entre sus fi nes el proceso de planeación local de manera integral y participativa, estableciendo para ello las políticas del nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones que cumple cada actor local dentro del territorio; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal, según Informe Legal Nº 220-2012-GAL/MDCLR y de conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo N° 032-2012-MDCLR, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL “REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA – REYNOSO PARA EL AÑO FISCAL 2013. Artículo 1°.- Dar inicio a los procesos de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013 en el Distrito Carmen de la Legua Reynoso. Artículo 2°.- Aprobar el Reglamento para la Implementación del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013 de la Municipalidad Distrital Carmen de la Legua Reynoso, cuyos anexos adjuntos constituye parte integrante de la presente ordenanza, que constan de Tres Títulos, Seis Capítulos, 52 Artículos , 5 Disposiciones Complementarias y Finales y cronograma. Artículo 4°.- Aprobar la conformación el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013 de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua, el mismo que se encuentra en el reglamento que forma parte de la presente ordenanza. Artículo 5°.- El proceso de Presupuesto Participativo estará bajo la supervisión de la Comisión Ordinaria de Economía, Planifi cación y Presupuesto del Concejo Municipal, el cual dará cuenta de los avances al Concejo Municipal. Artículo 6°.- Elevar copia de la presente Ordenanza Municipal, a las instancias que conforman el Sistema Nacional de Presupuesto Público, a la Gerencia Municipal, a las Gerencias y demás oficinas de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Artículo 7°.- la presente Ordenanza Municipal entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el medio ofi cial. POR TANTO: Mando se comunique, publique y cumpla. DANIEL A. LECCA RUBIO Alcalde 784983-1 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aceptan renuncia de Ejecutor Coactivo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 115-2012-MDLP-ALC La Perla, 26 de Abril del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTOS: La Resolución de Alcaldía Nº 374-2011- MDLP-ALC, EL Registro Nº 2603-2012, el Registro Nº 2842-2012, el Informe Nº 0243-2012-SGP-GA-MDLP, el Informe Nº 0245-2012-SGP-GA-MDLP de la Sub.- Gerencia de Personal, el Informe N° 0155-2012-GAJ/ MDLP y el Informe Nº 175-2012-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 051-2012-GM-MDLP de la Gerencia Municipal, y. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, le da autonomía política, económica y administrativa a la Municipalidad Distrital de la Perla, en los asuntos de su competencia; Que, en el Artículo II Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, precisa: “Los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; La autonomía que la constitución política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 374-2011- MDLP- ALC de fecha 07 de octubre del 2011, se resuelve designar a partir del 07 de octubre del 2011, al Señor Manuel de Olivera Díaz Noronha como Ejecutor Coactivo en la plaza P3-40-005-1 categoría remunerativa F-1 de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de la Perla; Que, mediante el Registro Nº 2603-2012, de fecha 30 de marzo del 2012, el citado servidor don Manuel de Olivera Díaz Noronha, ha formulado su renuncia al cargo de Ejecutor Coactivo de la que venía desempeñándose en la plaza P3-40-005-1 categoría remunerativa F-1 de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de la Perla y en dicho documento solicita la exoneración del plazo de treinta (30) días calendario de preaviso regulado en el artículo 185 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-090-PCM y modifi catorias; Que, mediante el Registro Nº 2842-2012, de fecha 10 de abril del 2012, el renunciante precisa que al no haber tenido respuesta dentro de los 03 días hábiles para emitir la respuesta en contrario o negativa a la solicitud de exoneración al plazo de treinta días calendario, concluye que permanecerá en la entidad hasta el viernes 13 de abril del 2012; Que, mediante el Informe Nº 0243-2012-SGP-GA- MDLP, la Sub Gerencia de Personal, manifi esta que en