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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de mayo de 2012 465815 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – T.U.P.A. de la Municipalidad Metropolitana de Lima – MML se aprobó con la Ordenanza N° 1334 publicada con fecha 28 de diciembre de 2009; Que, en el T.U.P.A. de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el rubro Gerencia de Desarrollo Urbano – Subgerencia de Autorizaciones Urbanas, fi guran los procedimientos: N° 29.2.1 Conexión domiciliaria - Procedimiento especial para la autorización de la ejecución de obras de conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos en vías del Cercado de Lima y las de su competencia que forman parte del Sistema Vial Metropolitano, por tres años desde la vigencia de la Ordenanza N° 1231-MML-28-03-09 y N° 29.2.2 Regularización de las obras de conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos: Conexiones domiciliarias a la red de distribución de gas natural por ductos en el Cercado de Lima y vías de competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en la sección Gerencia de Transporte Urbano – Subgerencia de Ingeniería del Tránsito, se encuentran los procedimientos: N° 3.7 Procedimiento especial para la autorización de interferencias de vías para la ejecución de obras de conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos en vías locales, por tres años desde la vigencia de la Ordenanza N° 1231-MML-28-03- 09 y N° 3.8 Regularización por interferencia de vías por conexiones a la red de distribución de gas natural por ductos en vías locales; Que, el artículo 5° de la Ordenanza N°1231 Régimen Especial para el desarrollo del gas natural en Lima Metropolitana, otorgó un plazo de treinta (30) días a partir de la entrada en vigencia de la Ordenanza (28-3- 2009) para que se acojan a los procedimientos N° 29.2.2 Regularización de las obras de conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos y 3.8 Regularización por interferencia de vías para dichas obras; habiéndose vencido el indicado plazo es necesario que dichos procedimientos se eliminen del T.U.P.A de la MML; Que, la Ley N° 29706, Ley de Facilitación de Conexiones Domiciliarias del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, dispone que los gobiernos locales y los gobiernos regionales no pueden exigir el pago ni la tramitación de permisos a los usuarios domésticos para efectuar las referidas conexiones, ni por la interferencia de vías, bajo responsabilidad administrativa y penal que corresponda, debiendo eliminar esos procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, el artículo 36° numeral 36.3 de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la eliminación de procedimientos o requisitos o la simplifi cación de los mismos deberá aprobarse por Decreto de Alcaldía; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 29706, Ley de Facilitación de Conexiones Domiciliarias del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, corresponde eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de la Municipalidad Metropolitana de Lima los procedimientos vinculados a la Autorización y Regularización de ejecución de obras e Interferencia de Vías para conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos en vías del Cercado de Lima y del Sistema Vial Metropolitano; De conformidad con los Artículos 20° Numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y Artículo 38.5 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo Primero.- Eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado por la Ordenanza N° 1334-MML y normas modifi catorias, los siguientes procedimientos: N° Denominación del Procedimiento Gerencia de Desarrollo Urbano Subgerencia de Autorizaciones Urbanas 29.2.1 Conexión domiciliaria - Procedimiento especial para la autorización de la ejecución de obras de conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos en vías del Cercado de Lima y las de su competencia que forman parte del Sistema Vial Metropolitano, por tres años desde la vigencia de la Ordenanza N° 1231-MML-28-03- 09 29.2.2 Regularización de las obras de conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos: Conexiones domiciliarias a la red de distribución de gas natural por ductos en el Cercado de Lima y vías de competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Gerencia de Transporte Urbano Subgerencia de Ingeniería del Tránsito 3.7 Procedimiento especial para la autorización de interferencias de vías para la ejecución de obras de conexión domiciliaria a la red de distribución de gas natural por ductos en vías locales, por tres años desde la vigencia de la Ordenanza N° 1231-MML-28-03-09 3.8 Regularización por interferencia de vías por conexiones a la red de distribución de gas natural por ductos en vías locales Artículo Segundo.- En cumplimiento de la Disposición Complementaria Final Única de la Ley N° 29706, el concesionario de distribución de gas natural, queda obligado a efectuar la reparación de la intervención ejecutada en la vía pública, aplicando la Municipalidad Metropolitana de Lima, en caso de incumplimiento las sanciones administrativas de acuerdo al Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la función fi scalizadora vigente a la fecha de la obra. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- La publicación del presente Decreto y la modifi catoria del TUPA se efectuará en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 784550-1 Autorizan la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Canadá RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 3140-2012-MML/GTU-SRT Lima, 28 de marzo de 2012 VISTOS: El Documento Simple Nº 9025-2012 de fecha 16 de enero del 2012, y el Informe N° 072-2012-MML/GTU- SETT de fecha 07 de febrero del 2012 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la implementación de Paradero de Transporte Público; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima goza de un régimen especial, de conformidad al Artículo 198º de la Constitución, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre