Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2012 (10/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, los Articulos Nº 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el articulo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, determina que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestion Publica; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Asimismo el Articulo IX del titulo Preliminar, establece que el MORDAZA de Planeacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, el articulo 53º de la mencionada ley, senala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo reglamentada por Decreto Supremo Nº 142­ 2009 ­EF, senala en su Articulo 3º que dicho MORDAZA tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecucion a traves de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estrategicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos a traves de un adecuado control social de las acciones publicas; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario Oficial el Peruano con fecha 10 de MORDAZA del 2010, contiene orientaciones para el desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la sociedad civil, asi como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo para el ano 2013, el cual permitira asegurar un uso eficiente de los recursos publicos en el desarrollo local; Que, en virtud de ello se ha conformado el Equipo Tecnico de la Municipalidad Distrital de Ventanilla que desarrollara el Presupuesto Participativo para el ano 2013, el cual sera presidido por la Gerente Municipal, quedando integrado por distintos funcionarios de la Municipalidad que brindaran el apoyo profesional y tecnico que se requiere para tal fin; Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asi mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de la Comision de Administracion, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta;

ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONVOCA Y REGLAMENTA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA PARA EL ANO FISCAL 2013 Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2013, el mismo que consta de siete (VII) capitulos, veintiseis (26) articulos, cinco (05) disposiciones complementarias y finales y cuatro (04) anexos, cuyo texto integro, sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe) Articulo Segundo.- CONVOCAR a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Publicas y Privadas del distrito de Ventanilla, a participar del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013. Articulo Tercero.- DISPONER que el Equipo Tecnico Municipal, brindara el apoyo profesional y tecnico durante el MORDAZA de Presupuesto Participativo 2013. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a las unidades organicas relacionadas a los ejes de desarrollo plasmados en el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Ventanilla, la facilitacion en temas de su competencia para el desarrollo de las reuniones de capacitacion y talleres de trabajo que se realizaran en las diferentes zonas del distrito. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion Local y Presupuesto, y a la Gerencia de Participacion Vecinal y Relaciones Comunitarias de la Municipalidad de Ventanilla. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 786461-2

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 018-2011/MDV, que regula el regimen de regularizacion de licencias de edificacion y declaratoria de edificaciones
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2012/MDV-ALC Ventanilla, 30 de marzo de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: El Memorando Nº 053-2012/MDV-GDU de fecha 30 de marzo de 2012, remitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, referente a la prorroga de la Ordenanza Municipal Nº 018-2011/MDV, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 y la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional las Municipalidades, son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en ese sentido goza de facultades normativas y reglamentarias dentro del ambito de su jurisdiccion de conformidad con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, de acuerdo con lo senalado en los items 3.6 y 3.6.2 del numeral 3) del articulo 79º de la Ley Nº 27972, es funcion especifica y exclusivas de las Municipalidades Distritales, la de realizar la fiscalizacion de las construcciones, ampliacion, remodelacion o demolicion de inmuebles, conformidad de obra y declaratoria de fabrica. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 18-2011-MDV/ ALC, se regula el Regimen Especial de Regularizacion de

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