Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2012 (10/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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derecho a la MORDAZA y a la seguridad personales. En consecuencia, prohibe toda forma de restricciones de la MORDAZA personal, salvo en los casos previstos por ley, senalando que esta prohibida toda forma de esclavitud, servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el literal h) del articulo 60º senala como funcion de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, "Formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad"; Que: la Ley Nº 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Trafico Ilicito de Migrantes, modifica articulos del Codigo Penal, incluyendo como delito contra la MORDAZA y violacion de la MORDAZA personal a la trata de personas, definiendolo como "...el que promueve, favorece, financia o facilita la captacion, transporte, traslado, acogida, recepcion o retencion de otro, recurriendo a la violencia u otras formas de coaccion con fines de explotacion, venta de ninos... sera reprimido..."; Que, por Ordenanza Regional Nº159-AREQUIPA, se declara como prioridad regional la prevencion, deteccion y seguimiento de los casos de Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes en la Region MORDAZA, y se constituye la Red Regional en MORDAZA y que se encuentra prescrito en su articulo 3; Que: el D.S. 007-2008-IN aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28950 y en su articulo 29.2 el Ministerio del Interior es responsable de garantizar a traves de la Policia Nacional del Peru y la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion la integridad, confidencialidad, seguridad y el respeto a los derechos humanos de las victimas, peritos, colaboradores, testigos y familiares directos dependientes durante la intervencion e investigacion preliminar, por lo que, es importante que la Jefatura de Migraciones y Naturalizacion de MORDAZA se le integre a la Red Regional contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes de la Region Arequipa; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobacion MORDAZA referida, al MORDAZA de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de Descentralizacion, la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ORDENA: Articulo 1.- Incorporese a la Ordenanza Regional Nº 159-AREQUIPA que declara como prioridad regional la prevencion, deteccion y seguimiento de los casos de Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes en la Region MORDAZA, en su articulo 3 que constituye la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes de la Region MORDAZA y que a continuacion se detalla: "...Articulo 3.- Constituir la Red Regional de Lucha contra la Trata de personas y Trafico Ilicito de Migrantes de la Region MORDAZA, integrada por los siguientes miembros: Un representante de la Jefatura de Migraciones y Naturalizacion de Arequipa..." Articulo 2.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion.

En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 785891-1

Prorrogan plazo del MORDAZA de reorganizacion administrativa y reestructuracion organica de la Gerencia Regional de Transporte y Comunicaciones
ORDENANZA REGIONAL Nº 163-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 146-AREQUIPA, de fecha 29 de setiembre del 2011 el Consejo Regional ordeno Declarar en MORDAZA de Reorganizacion Administrativa y Reestructuracion Organica a la Gerencia Regional de Transporte y Comunicaciones del Gobierno Regional de MORDAZA, por un periodo de seis (06) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Asimismo se encargo a la Presidencia Regional la conformacion de una Comision encargada de llevar a cabo dicho MORDAZA de reorganizacion y reestructuracion organica. Que, mediante Resolucion Ejecutiva 726-2011-GRA/ PR del 20 de setiembre del 2011, ratificada mediante Resolucion Ejecutiva 778-2011-GRA/GR de fecha 12 de octubre del 2011, el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA conformo la precitada comision reorganizadora y de reestructuracion organica de la Gerencia Regional de Transporte y Comunicaciones del Gobierno Regional de Arequipa. Que, mediante Informe Nº 017-2012-GRA/VPR, el Vicepresidente Regional de MORDAZA informa sobre las acciones realizadas durante el periodo de reorganizacion y reestructuracion, asimismo senala que, en el corto plazo de los seis meses, no se ha logrado concretar los objetivos trazados por varios motivos, concluyendo que el MORDAZA de reorganizacion y reestructuracion aun no ha terminado. En ese sentido, la Gerencia General del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Informe Nº 088-2012-GRA/PR-GGR, recomienda se amplie el plazo del MORDAZA del MORDAZA de Reorganizacion Administrativa y Reestructuracion Organica, a efectos de proponer, evaluar y supervisar todas las acciones y/o medidas para la reorganizacion y reestructuracion de la Gerencia de Transportes y Comunicaciones. Que, al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154AREQUIPA; SE ORDENA: Articulo 1º.- Prorroga del Plazo del MORDAZA Reorganizacion y Reestructuracion

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