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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2012 (10/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de mayo de 2012 466024 PRORROGAR el plazo del proceso de reorganización administrativa y reestructuración orgánica de la Gerencia Regional de Transporte y Comunicaciones, por el período de seis (06) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinticuatro días del mes de abril del 2012. MARIA SOLEDAD FERNANDEZ MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los dos días del mes de mayo del dos mil doce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 785891-2 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Modifican el Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados y Programas de Desarrollo 2012 - 2014 ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2012-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Cuarta Sesión Ordinaria de fecha veintitrés de abril del año dos mil doce, de conformidad a lo previsto en los artículos 197º 198º de la Constitución Política del Perú, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional que: Modifi ca el Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual basado en Resultados y Programas de Desarrollo 2012-2014 CONSIDERANDO: Que, en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XVI del Título IV, establece: Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…), La estructura orgánica básica de estos Gobiernos Regionales la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (…). Que, el artículo 77º de la Constitución Política del Perú, establece que la administración económica y fi nanciera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector público contiene dos secciones: gobierno central e instancias descentralizadas. El presupuesto asigna equitativamente los recursos públicos, su programación y ejecución responden a los criterios de efi ciencia de necesidades sociales básicas y de descentralización. Corresponden a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon. Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 45º Funciones Generales, precisa en el enciso a) Función normativa y reguladora.- Elaborando y aprobando normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia; así mismo en el inciso b) Función de planeamiento.- Diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases Descentralización y a la presente Ley. Que, en el artículo 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisa: El Consejo Regional; es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…). Que, la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su artículo 5º, establece los alcances del proceso de programación participativa del presupuesto. La sociedad civil toma parte activa en el proceso de programación participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales con énfasis en los gastos de inversión, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos que para estos fines emitirá la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y prioridades establecidas en los planes de desarrollo concertados a nivel regional y local. Que, modifi car el Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual basado en resultados y programas de desarrollo 2012-2014 está orientado al logro de resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos, del Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual basado en resultados y programas de desarrollo 2012-2014, el cual fue aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-2011-CR/GRC CUSCO. Que, la aprobación de modifi car el Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual basado en resultados y programas de desarrollo 2012-2014, es un dictamen de planifi cación, que permitirá que el proceso del Presupuesto Participativo, se desarrolle con fl uidez a través de la participación de la sociedad civil organizada, benefi ciando de esta manera a los actores de este proceso otorgándoles el logro de resultados a mediano plazo, en base a un cronograma de capacitación e identifi cación de proyectos, preparación, concertación y coordinación entre los niveles de gobierno. Que, dicha aprobación por su naturaleza y contenido, no implicará egreso ni gasto alguno al presupuesto del Gobierno Regional Cusco, en comparación al logro de un proceso más fl uido en base a resultados a mediano plazo que exige que los proyectos propuestos sean de impacto regional. Por lo que, el Consejo Regional del Cusco, en uso de sus atribuciones conferidas por el Art 191º de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902 y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco; aprueba la presente Ordenanza Regional: ORDENANZA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados y Programas de Desarrollo 2012-2014 de conformidad a lo detallado en el Informe Nº 184-2012- GR CUSCO-GR´´AT/SGPL, que en anexo adjunto forma parte la presente Ordenanza Regional, en los Artículos siguientes: