Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2012 (11/05/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

466083

del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 787141-1

Declaran de interes local el cambio especifico de zonificacion de predio ubicado en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2012-AC-MDMM MORDAZA MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 08 de la fecha, y; VISTO: El D/S 14719-11, el Informe Nº 015-2012-DPV-GDSEMDMM de fecha 21.02.2012; el Informe Nº 022-2012GDUO-MDMM de fecha 11.04.2012, Informe Nº 118-12DUOPC-GDUO-MDMM de fecha 11.04.2012; y el Informe Nº 061-12-RSHP-DUOPC-GDUO-MDMM de fecha 04.04.2012; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que las faculta a ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, refiere que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, conforme a lo dispuesto en el art. 27º de la Ordenanza Nº 620-MML y sus modificatorias, "La Zonificacion es el conjunto de normas urbanisticas que regulan el uso del suelo en funcion de las demandas fisicas, economicas y sociales de la poblacion, permitiendo la localizacion compatible, equilibrada y armonica de sus actividades con fines de vivienda, produccion, comercio, industria, equipamiento, servicios, recreacion, turismo, cultura, proteccion ambiental y de defensa civil, posibilitando la ejecucion de programas y proyectos de inversion publica y privada en habilitaciones, rehabilitaciones, reurbanizaciones, remodelaciones, renovaciones y en edificaciones nuevas, restauraciones o de saneamiento en areas no desarrolladas, incipientes, informales o degradadas, garantizando el uso mas apropiado, conveniente y oportuno del suelo MORDAZA de la metropoli, incluyendo sus areas territoriales circundantes"; Que, por su parte, el art. 30º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, senala que "La zonificacion es el instrumento tecnico de gestion MORDAZA que contiene el conjunto de normas tecnicas urbanisticas para la regulacion del uso y la

ocupacion del suelo en el ambito de Intervencion de los PDM, PDU y EU, en funcion a los objetivos de desarrollo sostenible y a la capacidad de soporte del suelo, para localizar actividades con fines sociales y economicos, como vivienda, recreacion, proteccion y equipamiento; asi como la produccion industrial, comercio, transportes y comunicaciones"; Que, como se puede apreciar de las normas precitadas, la zonificacion es conceptuada como un conjunto de normas que regulan el uso del suelo, la cual esta en funcion de las demandas fisicas, economicas y sociales para realizar actividades de vivienda, produccion, comercio entre otros, propiciando la inversion publica y privada. Que, en efecto, el Plano de Zonificacion de los Usos del suelo de los distritos de Brena, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA (parcial), Lince y Pueblo Libre, que forman parte del Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana, aprobado mediante Ordenanza Nº 1017-MML; establece que el predio materia de solicitud se encuentra ubicado en zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM); proponiendo los solicitantes su cambio a Comercio Zonal (CZ). Que, ahora bien, el art. 34.2º de la Ordenanza Nº 620MML, refiere que "Los Cambios Especificos de los Planos de Zonificacion; se refieren al MORDAZA tecnico de evaluar y declarar procedentes o no, las solicitudes que presentan los propietarios de inmuebles privados o publicos, para modificar las calificaciones de zonificacion que recaen sobre sus predios, a fin de lograr mayores rendimientos en la accion de urbanizar, construir o funcionar en la MORDAZA de Lima. El procedimiento es atendible, si el pedido del propietario coincide con el objetivo de desarrollo de la MORDAZA y la ciudad"; Que, no obstante ello, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 1017MML, se dispuso que en los distritos de Brena, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Lince y Pueblo Libre, no eran aplicables tanto el numeral 34.2 del art. 34º de la Ordenanza Nº 620-MML de fecha 4 de MORDAZA del 2004 y el art. 1º de la Ordenanza Nº 738-MML de fecha 18 de diciembre del 2004, estableciendose un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por la Municipalidad Distrital correspondiente; Que, para tales efectos, la MORDAZA disposicion final de dicha Ordenanza, senala que debera cumplirse el siguiente proceso: 1º Los interesados presentaran sus iniciativas a las Municipalidades Distritales respectivas. 2º La Municipalidad Distrital respectiva, evaluando tecnicamente el comportamiento de la Zonificacion en el area MORDAZA y tomando en cuenta la opinion de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la via en donde se localiza la MORDAZA materia del cambio y, opcionalmente, en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiara la factibilidad del Cambio Especifico de Zonificacion. El organo competente de la Municipalidad Distrital respectiva formulara el Informe Tecnico correspondiente. 3° La Municipalidad Distrital respectiva, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluara la propuesta y emitira opinion tecnica a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, del Instituto Metropolitano de Planificacion y, de ser el caso, de otros organos especializados en la materia; Que, el Concejo Metropolitano de MORDAZA, de considerarlo conveniente, aprobara el Cambio Especifico de Zonificacion mediante Ordenanza; Que, en el caso de una propuesta de Cambio Especifico de importancia metropolitana, que se caracterice por constituir un planteamiento que tenga efectos de orden vial, ambiental, operacional o de densidad residencial, que impacten a un sector MORDAZA mayor que el estrictamente vecinal, la Municipalidad Distrital respectiva emitira opinion sobre el pedido y lo elevara a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su decision;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.