TEXTO PAGINA: 37
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de mayo de 2012 466079 la modifi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de Chaclacayo; Que, en tal razón, se ha elaborado el Cuadro para asignación de personal (CAP), documento de gestión administrativa, el cual contiene el número de plazas, cargo estructural, código y clasifi cación, situación del cargo y el total necesario por Unidad Orgánica, defi nidos sobre la base de la estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Chaclacayo; Estando a lo dispuesto y con la dispensa de lectura y aprobación de acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó: ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad de Chaclacayo, cuyo texto como Anexo N° 01 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad de Chaclacayo www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano. gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 786528-1 Aprueban Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo 2013 ORDENANZA MUNICIPAL N° 262-MDCH Chaclacayo, 26 de abril de 2012 VISTO: En Sesión de Concejo de fecha, el Informe N° 064-2012-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, Informe N° 088-2012/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe N° 040-2012-GPP/MDCH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley N° 27680 que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV, sobre Descentralización establece que las municipalidades promueven, apoyan, y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación vecinal en el desarrollo local, formulan y rinden cuentas de su ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su Título Preliminar, Artículo 1°, establece que los Gobiernos Locales son entidades básicas de la Organización Territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. A su vez, el Artículo IV señala que los Gobiernos representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 53° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos Anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley citada y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción, asimismo, la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Municipalidades regulan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de los Presupuestos Participativos; Que, la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 171-2003-EF, defi ne y establece pautas para la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo; estableciendo disposiciones para promover la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolló en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolución Directoral N° 007-2010- EF/76.01 el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basados en Resultados”, que recoge las disposiciones legales mencionadas, que orienta y establece los mecanismos para que los gobiernos locales y regionales articulen procesos de planeamiento del desarrollo concertado y del presupuesto participativo en sus respectivas jurisdicciones, así como asegurar la participación efectiva de la sociedad civil en dicho proceso; Estando a lo dispuesto y con la dispensa de lectura y aprobación de acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013 DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula, el Proceso de Presupuesto Participativo 2013 de la Municipalidad de Chaclacayo, el mismo que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Municipal y Gerencia de Administración y Finanzas y equipo técnico. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo de la presente ordenanza en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano. gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN Alcalde 786527-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Disponen la realización del Segundo Matrimonio Civil Comunitario del Año 2012 en el distrito ORDENANZA N° 502-MDMM Magdalena, 26 de abril de 2012 DISPONEN LA REALIZACIÓN DEL SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2012 EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR