Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2012 (12/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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urbanas deberan de intercomunicarse con el nucleo MORDAZA del que forman parte, a traves de una via formalmente recepcionada o de hecho. Precisandose que cuando se trate de habilitaciones urbanas que se hayan desarrollado colindantes a areas consolidadas que no esten formalmente habilitadas, debera de formularse un planeamiento integral en el que se demuestre su integracion al sistema vial previsto para la zona; Que, a su vez los articulos 39º y 40 de la MORDAZA acotada, establecen que el planeamiento integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos, precisandose que las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan de tener en cuenta los planteamientos integrales vigentes y que una vez aprobado el planteamiento integral tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscritos obligatoriamente en los registros publicos. Que, segun el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA Decreto Supremo Nº 0042011-VIVIENDA, Capitulo VIII, en el Art. 23, item 23.1 establece que el Planeamiento Integral es un instrumento tecnico-normativo, mediante el cual se complementan lo dispuesto en el PDM y/o el PDU, en los procesos de habilitacion MORDAZA y en la parcelacion o independizacion de terrenos rusticos, comprende la red de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana y segun lo establecido en el Reglamento Nacional de EdificacionesRNE y en el item 23.2, los planeamientos integrales son aprobados por las municipalidades distritales como condicion previa para la aprobacion de los proyectos de habilitacion MORDAZA establecida en la Ley Nº 29090, "Ley de Regulacion de habilitaciones urbanas y de edificaciones y sus reglamentos" Que, de acuerdo a la normativa MORDAZA citada, la Municipalidad Distrital de Chancay dentro de su jurisdiccion tiene como funcion ordenar el espacio MORDAZA con el objetivo de reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de las actividades de su poblacion, en virtud de ello los suelos en el que se desarrollan dichas actividades urbanas deberan ser habilitados para que garanticen el optimo funcionamiento de sus edificaciones y espacios urbanos, debiendo para ello, en los casos en los que el area por habilitar se desarrolle en etapas o esta no colinde con zonas habilitadas o se plantee la parcelacion del predio MORDAZA, aprobar las propuestas de Planeamiento Integral, segun las necesidades del sector; Que, mediante la aprobacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas vigentes que regulan el diseno de vias locales en Habilitaciones y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo 1- Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y del Diseno de Vias; Que, mediante Informe Nº 0575 - 2012- MDCH/ DDUR de fecha 28 de Febrero del 2012 la Direccion de Desarrollo MORDAZA, en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector, manifiesta la necesidad de contar con un Planeamiento Integral con la finalidad que el mismo sirva para las gestiones que correspondan a la implementacion y/o ejecucion de proyectos de infraestructura MORDAZA (Pavimentacion de pistas y veredas, electrificacion, MORDAZA de contencion u otros), asi como para el ordenamiento de las actividades urbanas con fines de recreacion Publica, Parques y Jardines en la superficie territorial de 38.3 Has. Comprendida entre los siguientes limites: - POR EL NORTE.- Con U.C. Nº 02859 con propiedad de terceros. - POR EL SUR.- Con parte de la U.C. Nº 02875 con propiedad de terceros.

- POR EL ESTE.- Con la Carretera Panamericana Norte. - POR EL OESTE.- Con Acantilado del MORDAZA MORDAZA Por lo cual la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural opina que es procedente la aprobacion del proyecto presentado; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, contando con el MORDAZA de los senores regidores asistentes a la sesion de concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL DISENO MORDAZA, LOS PARAMETROS NORMATIVOS EN TERMINOS DE ZONIFICACION USOS Y VIAS DEL SECTOR GALEANO FUNDO VINA CHICA ALTURA KM. 84, JURISDICCION DEL DISTRITO DE CHANCAY, PROVINCIA DE HUARAL DEPARTAMENTO DE MORDAZA, EL CUAL COMPRENDE UN AREA DE 383,000.00 M2. (38.30 HA.) Articulo 1º.- APROBAR con caracter de obligatorio el Planeamiento Integral de la superficie territorial comprendida entre: - POR EL NORTE.- Con U.C. Nº 02859 con propiedad de terceros. - POR EL SUR.- Con parte de la U.C. Nº 02875 con propiedad de terceros. - POR EL ESTE.- Con la Carretera Panamericana Norte. - POR EL OESTE.- Con Acantilado del MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas, jardines y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones que considera la reserva de areas con fines de recreacion publica y otros usos; correspondiendole las normas establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA tal como la MORDAZA A-120 de Accesibilidad para personas con discapacidad, la MORDAZA GH-020 respecto de los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y 11); quedando las secciones de vias de acuerdo al plano Nº PI-02 que forma parte del expediente tecnico que sustenta el Planeamiento Integral. Articulo 3º.- ESTABLECER que el planeamiento integral que se aprueba mediante la presente ordenanza tendra una vigencia de 10 anos de acuerdo al articulo 39º de la MORDAZA GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobada por Decreto Supremo Nº 0112006-VIVIENDA. Articulo 4º.- DISPONER que la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural realice la inscripcion registral del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural, para su conocimiento y fines. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 787089-1

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